ACUERDO 685 RD 6153 - 12 de Septiembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 693401473

ACUERDO 685 RD 6153

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6153 12 SEPTIEMBRE 2017
EmisorCONSEJO DE BOGOTÁ D. C.
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6153 • pP. 1-1 • 2017 • SEPTIEMBRE 12
CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.
Acuerdo Número 685
(Septiembre 4 de 2017)
“POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL COMITÉ
DISTRITAL DE LIBERTAD RELIGIOSA Y SE
DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de atribuciones constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los
artículos 322 y 323 de la Constitución Política de
Colombia y el artículo 6 y los numerales 1 y 25
del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º. CREACIÓN. Créase el Comité Dis-
trital de Libertad Religiosa, como una instancia de
participación ciudadana del gobierno distrital, para la
promoción, articulación, seguimiento, y evaluación de
las políticas, estrategias, planes y programas en ma-
teria de libertad religiosa, de cultos y conciencia en el
Distrito Capital, garantizando los derechos de quienes
ejercen dichas libertades en el marco de la Constitución
Política de Colombia y la Ley 133 de 1994.
ARTÍCULO 2º. CONFORMACIÓN. El Comité Distrital
de Libertad Religiosa estará conformado por repre-
sentantes de entidades religiosas, organizaciones del
sector religioso y por autoridades distritales, así:
1. Entidades y organizaciones del sector religioso:
a. Un representante de cada federación
religiosa, legalmente reconocidas y con
presencia en el Distrito Capital.
b. Un representante de cada confederación
religiosa, legalmente reconocidas y con
presencia en el Distrito Capital.
c. Un representante de cada una de las con-
fesiones religiosas e iglesias reconocidas
por el Estado que tengan presencia en el
Distrito Capital.
d. Un representante de cada una de las aso-
ciaciones de ministros reconocidas por el
Estado que tengan presencia en el Distrito
Capital.
2. Autoridades e instancias distritales:
a. El Alcalde Mayor del Distrito Capital o su
delegado.
b. El Secretario Distrital de Gobierno o su
delegado, quien ejercerá la Secretaría
Técnica del Comité Distrital de Libertad
Religiosa.
c. El Personero Distrital o su delegado.
d. El Veedor Distrital o su delegado.
e. Los Consejeros Territoriales de Planeación
Distrital por el sector religioso.
3. Invitados especiales:
a. El Defensor del pueblo.
b. El Procurador distrital.
c. Miembros de la academia pertenecientes a
las facultades de teología y los miembros
de los centros de estudio de los grupos re-
ligiosos que tengan presencia en el Distrito
Capital.
d. El Ministerio del Interior
AÑO 51
Número 6152
2017 SEPTIEMBRE 11
ACUERDO DE 2017
REGISTRO
DISTRITAL

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR