ACUERDO 714 RD 6391 - 12 de Septiembre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 738701273

ACUERDO 714 RD 6391

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6391 12 SEPTIEMBRE 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6391 • pP. 1-1 • 2018 • SEPTIEMBRE 12
AÑO 51
Número 6391
2018 SEPTIEMBRE 12
ACUERDO DE 2018
REGISTRO
DISTRITAL
CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
Acuerdo Número 714
(Septiembre 10 de 2018)
“POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA
ADICIÓN EN EL PRESUPUESTO ANUAL
DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E
INVERSIONES DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,
PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA
ENTRE EL 1º DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE
DE 2018 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones legales, en especial
las conferidas por los artículos 66 y 71 del
Decreto Distrital 714 de 1996.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo Distrital 694 del 28 de di-
ciembre de 2017, se expidió el Presupuesto Anual de
Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogo-
tá, Distrito Capital para la vigencia scal comprendida
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018, el
cual fue liquidado por el Decreto Distrital 816 del 28
de diciembre de 2017.
Que de conformidad con el Artículo 63 del Decreto Dis-
trital 714 de 1996, cuando fuere necesario aumentar o
disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las
aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modicaciones al presupuesto
mediante traslados, créditos adicionales y la cancela-
ción de apropiaciones.
Que de conformidad con el Artículo 65 ídem, cuando
durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distri-
to se hiciere indispensable aumentar el monto de las
apropiaciones, para complementar las insucientes,
ampliar los servicios existentes o establecer nuevos
servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir cré-
ditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con
arreglo a las disposiciones legales.
Que de conformidad con el Artículo 66 ídem, cuando
sea indispensable aumentar la cuantía de las apro-
piaciones autorizadas inicialmente o no comprendidas
en el presupuesto por conceptos de gastos de funcio-
namiento, servicio de la deuda pública e inversión, el
Gobierno Distrital presentará al Concejo Distrital la
propuesta sobre traslados y créditos adicionales al
presupuesto mediante Proyectos de Acuerdo.
Que de conformidad con el Artículo 71 ídem, los
créditos adicionales al Presupuesto de gastos sólo
podrán ser abiertos por el Concejo Distrital a solicitud
escrita del Gobierno, por conducto de la Secretaría
de Hacienda.
Que de acuerdo con el informe de Situación Fiscal
de la Administración Central a diciembre de 2017,
se cuenta con recursos del balance por multas de
tránsito por valor de $19.844.500.000 disponibles pre-
supuestalmente, y un superávit con recursos de libre
destinación, por valor de $1.104.624.918.442, de los
cuales fueron incorporados en el presupuesto de 2018
aprobado por el Concejo de Bogotá D.C., la suma de
$493.461.944.000, quedando un saldo de recursos de
libre destinación sin afectación presupuestal por valor
de $611.162.974.442.
Que teniendo en cuenta los documentos del Depar-
tamento Nacional de Planeación SGP-23 de 2017
“Distribución última doceava de las participaciones
para Agua Potable y Saneamiento Básico, Propósito
General, y de las asignaciones especiales para los
municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena,
Programas de Alimentación Escolar y Resguardos In-
dígenas, vigencia 2017”, y SGP-26-2018, “Distribución

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