Acuerdo 995 - 30 de Noviembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43167929

Acuerdo 995

EmisorVarios - Fondo Nacional de Ahorro
Número de Boletín44631

DIARIO OFICIAL 44.631 ACUERDO 995 27/11/2001 por el cual se modifica el Acuerdo 990 del 24 de agosto de 2001 y se determina que el Fondo Nacional de Ahorro otorgara créditos de vivienda denominados en pesos y en unidades de valor real, UVR. La Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro, en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las otorgadas por la Ley 432 de 1998, los Decretos 1453 y 1454 de 1998, y el parágrafo del artículo 1° de la Ley 546 de 1999, CONSIDERANDO: Que la Ley 432 de 1998 transformó al Fondo Nacional de Ahorro en Empresa Industrial y Comercial del Estado de carácter financiero del orden nacional, estableciendo como objeto de esta Entidad contribuir a la solución del problema de vivienda de sus afiliados para lo cual tiene la facultad de otorgar créditos; Que el artículo 14 de la citada Ley 432 de 1998, dispone que de conformidad con la reglamentación especial que al efecto expida el Gobierno Nacional, el Fondo Nacional de Ahorro estará sometido a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria; Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 1° de la Ley 546 de 1999, el Fondo Nacional de Ahorro puede otorgar créditos de vivienda denominados en moneda legal colombiana o en Unidades de Valor Real, UVR, con las características y condiciones que apruebe su respectivo órgano de dirección, siempre que los sistemas de amortización no contemplen capitalización de intereses, ni se impongan sanciones por prepagos totales o parciales; Que una vez expedida la Ley de Vivienda se presentaron diferentes posiciones sobre el alcance de la Ley 546 de 1999 con respecto a los sistemas de amortización que aplica el Fondo Nacional de Ahorro a sus créditos; Que después de diferentes análisis y consultas, la Superintendencia Bancaria mediante oficio 2000087949 del 20 de junio de 2001 ratificó lo ordenado en sus comunicaciones radicadas con los números 2000045412-6 y 200004512-15 del 14 de julio y 4 de octubre de 2000 y 2000087949-3 del 12 de enero de 2001, en el entendido que ¿...el Fondo Nacional de Ahorro debe adecuar en forma inmediata, sus sistemas de amortización de tal forma que los mismos no contemplen la capitalización de intereses¿; Que sobre los sistemas de amortización en pesos la Superintendencia Bancaria en el citado oficio 2000087949 del 20 de junio de 2001 expresó: ¿...Que si bien es cierto existe la posibilidad de que una entidad mantenga sistemas de amortización en los que la unidad de referencia sea el...

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