Acuerdo aog número 013 de 2023, por medio del cual se adopta el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Presidencia, la Relatoría, el Tribunal Especial para la Paz, las Salas de Justicia, el GRAI y la Secretaría Judicial de la Jurisdicción Especial para la Paz - 3 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 928999834

Acuerdo aog número 013 de 2023, por medio del cual se adopta el Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la Presidencia, la Relatoría, el Tribunal Especial para la Paz, las Salas de Justicia, el GRAI y la Secretaría Judicial de la Jurisdicción Especial para la Paz

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín52356

El Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto Legislativo número 01 de 2017, la Ley 1957 de 2019, el Acuerdo ASP número 001 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5º del Acto Legislativo número 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma.

Que el artículo 7º transitorio del citado Acto Legislativo dispuso que la JEP está compuesta por la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, la Sala de Amnistía o Indulto, el Tribunal para la Paz, la Unidad de Investigación y Acusación y la Secretaría Ejecutiva, la cual se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la entidad.

Que el artículo 110 de la Ley 1957 del 6 de junio de 2019 previó que la JEP "tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la JEP, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la JEP".

Que el numeral 8 del referido artículo establece como una de las funciones del Órgano de Gobierno "determinar requisitos, funciones y competencias de los empleos que conforman la planta de personal de la JEP" .

Que el artículo 2.2.3.5 del Decreto número 1083 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", determinó que las entidades deben identificar en el Manual de Funciones y de Competencias Laborales, los Núcleos Básicos del Conocimiento (NBC) que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior (SNIES).

Que los artículos 2.2.4.7 y 2.2.4.8 del Decreto número 815 del 2018, "Por el cual se modifica el Decreto número 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos" , determinaron las competencias comportamentales que deben acreditar o desarrollar quienes estén vinculados a la administración pública, agrupadas en dos secciones: comunes y por nivel jerárquico.

Que en virtud de la normativa vigente, el Órgano de Gobierno, mediante Acuerdo AOG número 006 de 2018, adoptó el Manual de Funciones y Competencias Laborales de la Planta de Personal de la Presidencia, del Tribunal Especial para la Paz, de las Salas de Justicia, del Grupo de Análisis de la Información (GRAI), de la Secretaría Judicial, de la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), y los empleos de Secretario Ejecutivo, Director Administrativo (Subdirector Nacional), Subdirector Financiero (Asesor III); Tesorero (Asesor II), Contador (Asesor II) y Presupuesto (Asesor II) de la Secretaría Ejecutiva.

Que el Órgano de Gobierno, mediante Acuerdo AOG número 009 de 2018, modificó los Manuales de Funciones de los Empleos de Auxiliar Grado 2 de Presidencia, Profesional Especializado Grado 33 y Profesional Universitario Grado 15 de la Secretaría Judicial y Profesional Especializado...

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