Acuerdo aog número 017 de 2022, por el cual se aprueba la actualización del Manual de Contratación de la JEP - 1 de Julio de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 907457598

Acuerdo aog número 017 de 2022, por el cual se aprueba la actualización del Manual de Contratación de la JEP

EmisorEstablecimientos Públicos - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín52082

El Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las contenidas en el parágrafo 2º del artículo transitorio 5º de la Constitución Política, adoptado por el Acto Legislativo 01 de 2017, el artículo 110 numeral 7 de la Ley Estatutaria 1957 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5º del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el artículo 110 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia en la JEP, Ley 1957 del 6 de junio de 2019, establece que la JEP "tendrá un Órgano de Gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción, así como en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción".

Que el numeral 7 del mismo artículo 110 establece, como una de las funciones del Órgano de Gobierno, "desarrollar y adoptar el procedimiento para la contratación y demás aspectos de funcionamiento en los aspectos no previstos por el legislador" .

Que mediante el Acuerdo ASP número 001 del 2 de marzo de 2020, la Sala Plena de la JEP adoptó el Reglamento General de la Jurisdicción y, entre otras disposiciones, estableció que el Órgano de Gobierno tendría como funciones las señaladas en la Constitución, la Ley estatutaria de la JEP, la Ley de procedimiento de la JEP, la Ley y las referidas en el artículo 15 de ese Reglamento.

Que mediante el Acuerdo AOG número 039 del 16 de agosto de 2019, el Órgano de Gobierno adoptó el Manual de Contratación de la JEP.

Que la Ley 2069 de 2020, "por la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia", estableció los factores de desempate aplicables a los...

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