Acuerdo ca número 025 de 2015, por medio del cual se expide el Reglamento para la presentación de Monografías como opción de grado para optar por los títulos de Abogado(a) o Politólogo(a) - 6 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 586679494

Acuerdo ca número 025 de 2015, por medio del cual se expide el Reglamento para la presentación de Monografías como opción de grado para optar por los títulos de Abogado(a) o Politólogo(a)

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombia
Número de Boletín49688

El Consejo Académico de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 33 del Acuerdo número 049 de 2004, Manual de Convivencia Estudiantil, dispone que el estudiante de pregrado deba cumplir ciertos requisitos para obtener su respectivo título, a su vez el citado artículo consagra que el Consejo de Facultad elevará mediante acuerdo las modalidades de grado según la propuesta que emita el Consejo de Facultad respectivo.

Que de conformidad con la normatividad vigente de la Institución, los estudiantes de los Programas de Derecho y de Ciencia Política que hayan finalizado su plan de estudios pueden optar por la realización de una Monografía para obtener su titulación.

Que el Acuerdo 006 del 24 de abril de 2007, del Consejo Académico de la Universidad Surcolombiana, reglamentó la presentación de monografías como requisito alterno para optar por el título de abogado; sin embargo, es necesario actualizar y establecer una reglamentación que defina la estructura, características, parámetros del proyecto, así como el procedimiento para elección del director, sustentación, evaluación y calificación del trabajo de monografía, para los programas de Derecho y Ciencia Política.

Por lo antes expuesto, el Consejo de Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, en sesión de la fecha, según consta en Acta número 029, después de estudiar la pertinencia e importancia del proyecto de Acuerdo por el cual se expide el Reglamento para la presentación de Monografías como requisito alterno para optar por el título de Abogado(a) o por el título de politólogo(a), ha decidido aprobarlo.

Que en atención al Acuerdo número 019 del 1 de septiembre de 2015, la Comisión Delegataria del Consejo Académico, se reunió el 26 de octubre de 2015, según informe Número 005; determinó aprobar el presente acuerdo.

En mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Objeto.

Esta reglamentación establece los parámetros para la presentación de los trabajos de monografía, como exigencia para la obtención del título de abogado(a) o por el título de politólogo(a).

CAPÍTULO I Generalidades Artículos 2 a 4
Artículo 2º Definición de la monografía.

Es un trabajo escrito, resultado de una investigación original e individual sobre un tema particular, sustentada en conocimientos y razonamientos teóricos, desarrollado con método, rigor y coherencia científica. Es requisito curricular de la Universidad para la obtención del grado académico de abogado(a) o de politólogo(a).

Artículo 3º Características.

Las Monografías se deben caracterizar por la armonía e integración de contenidos que constituye la investigación, en sus aspectos propositivos, demostrativos y conclusivos; debiendo establecer relaciones entre fenómenos, hechos o problemas jurídicos, socio jurídicos o políticos mediante argumentaciones teóricas o métodos científicos pertinentes al tema de investigación, permitiendo generar conclusiones que aporten conocimiento de la ciencia del derecho, o de la ciencia política.

Artículo 4º Término de entrega.

El estudiante que ha terminado todo el plan de estudios, tendrá un plazo perentorio de dos años, que se cuentan a partir del día siguiente de la culminación de materias, para la presentación y sustentación de su monografía de grado; en caso contrario, deberá ajustarse al plan de actualización reglamentado por su carrera.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 9

Requisitos formales de las monografías

Artículo 5º Formato general de los escritos y trabajos.

Los documentos se presentarán en hoja tamaño carta (21,59 x 27,94 mm). Los márgenes serán: 4 centímetros el margen izquierdo; 3 centímetros el margen derecho; 3 centímetros el margen superior y 3 centímetros el margen inferior. Los documentos se realizarán en letra tipo Arial 12 puntos y el interlineado será de uno punto cinco (1.5) justificado.

Artículo 6º Presentación.

Las monografías de grado deben contener los siguientes aspectos:

  1. Página de presentación: Contiene el título del estudio, la indicación de ser trabajo monográfico, el nombre del autor, nombre del director del trabajo, nombre de la universidad, de la facultad, lugar, mes y año de presentación;

  2. Índice: Presenta esquemáticamente el contenido de los temas principales del trabajo, indicando los títulos y números de las páginas de los capítulos. De igual manera, contiene el listado de gráficos, tablas y anexos de la monografía;

  3. Resumen y Palabras Clave: El resumen es la presentación breve y concisa del tema o problema de investigación, del método utilizado y de las conclusiones del trabajo, no debe sobrepasar las 500 palabras. Las palabras clave, son los descriptores del trabajo de monografía; no deben sobrepasar las 5 palabras;

  4. Introducción: En este apartado se especifica el tema de estudio, los antecedentes, la justificación, el problema, el método, la hipótesis, los antecedentes o estado del arte y la presentación del resultado de la investigación. De igual manera, se realiza una descripción del contenido de cada uno de los capítulos que componen la monografía;

  5. Resultados: Se presentan los hallazgos de la investigación con criterios de ordenamiento para garantizar la coherencia de la monografía. En este acápite se desarrolla el plan de trabajo con los respectivos capítulos y títulos;

  6. Conclusiones: Se presentan las deducciones de la investigación, haciendo un resumen de la contribución a la generación de conocimientos sobre el problema que motivó a realizar la investigación. Se debe responder la problemática planteada en el proyecto;

  7. Recomendaciones (opcional): Es el aspecto propositivo de la investigación. Son las sugerencias que formula el autor sobre el tema investigado;

  8. Bibliografía: La citación debe realizarse conforme a las normas APA actuales. El trabajo de monografía debe contar con mínimo 20...

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