Acuerdo de consejo directivo número 003 de 2016, por medio del cual se adoptan los indicadores mínimos de gestión de que trata la Resolución número 0667 de 2016 - 17 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649336765

Acuerdo de consejo directivo número 003 de 2016, por medio del cual se adoptan los indicadores mínimos de gestión de que trata la Resolución número 0667 de 2016

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Quindío
Número de Boletín49999

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional del Quindío, (CRQ), en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por la Ley 99 de 1993 y el Decreto 1076 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.2.8.6.53 del Decreto 1076 de 2015 establece que "el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establecerá mediante resolución los indicadores mínimos de referencia para que las Corporaciones Autónomas Regionales evalúen su gestión, el impacto generado, y se construya a nivel nacional un agregado para evaluar la política ambiental".

Que el parágrafo 1º del artículo de la referencia dispone que "La evaluación de impacto está orientada a relacionar la gestión ambiental con los siguientes objetivos de desarrollo sostenible y los indicadores asociados".

Que la gestión de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible debe estar orientada a obtener resultados que mejoren las condiciones ambientales de su jurisdicción y por ende contribuir al logro de los objetivos de desarrollo sostenible.

Que mediante la Resolución número 0667 de 2016, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, estableció los indicadores mínimos de que trata el artículo 2.2.8.6.5.3 del Decreto 1076 de 2015 y adoptó otras disposiciones.

Que por su parte, el artículo 2.2.8.6.54 del Decreto 1076 de 2015, establece que: "El Director presentará informes periódicos ante el Consejo Directivo de la Corporación que den cuenta de los avances en la ejecución física y financiera de los Programas y Proyectos del Plan de Acción Cuatrienal, así mismo podrá solicitar debidamente soportado técnica y financieramente los ajustes al Plan de Acción Cuatrienal. Semestralmente deberá enviarse un informe integral de avance de ejecución del Plan de Acción Cuatrienal al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible".

Que el numeral 10 del artículo 29 de la Ley 99 de 1993, establece como una de las funciones del Director General de las Corporaciones Autónomas y de Desarrollo Sostenible la de "Rendir informes al Ministro del Medio Ambiente, en la forma que este lo determine, sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden a la Corporación y los informes generales y periódicos o particulares que solicite, sobre las actividades desarrolladas y la situación general de la entidad".

Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo número 01 del 24 de mayo de 2016, se aprobó el Plan de Acción...

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