Acuerdo de consejo superior universitario número 14 de 2016, por medio del cual se modifica el artículo 40 del Acuerdo número 05 de 2009, que adopta el estatuto de contratación de la universidad y el Acuerdo número 46 de 2015 que lo modifica - 11 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 632654405

Acuerdo de consejo superior universitario número 14 de 2016, por medio del cual se modifica el artículo 40 del Acuerdo número 05 de 2009, que adopta el estatuto de contratación de la universidad y el Acuerdo número 46 de 2015 que lo modifica

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Tecnológica de Pereira
Número de Boletín49841

El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de Pereira, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 17 del Estatuto General, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 69 garantiza la autonomía universitaria, en el sentido y alcance de su contenido filosófico, como la posibilidad de que las universidades puedan darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos.

Que la Ley 30 de 1992, por la cual se organiza el servicio público de la Educación Superior, preceptúa en el artículo 28 que la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la misma ley, reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos y reglamentos.

Que en el numeral 4 del artículo 17 del Estatuto General de la Universidad, se establece como una de las funciones del Consejo Superior "Expedir o modificar los estatutos o reglamentos de la Institución".

Que mediante Acuerdo número 05 de 2009 el Consejo Superior Universitario adoptó el nuevo estatuto de contratación de la Universidad el cual prevé en el Titulo III las modalidades de contratación, los requisitos y los montos para su ejecución, siendo una de dichas modalidades la contratación directa.

Que mediante Acuerdo número 46 del 27 de octubre de 2015, el Consejo Superior Universitario modificó, entre otros, el artículo 40 del Acuerdo número 05 de 2009, en cuanto a los requisitos de la contratación directa, previendo como requisitos precontractuales para cuantías menores o iguales a doscientos (200) smmlv, además de la disponibilidad presupuestal, la solicitud de mínimo tres (3) cotizaciones por escrito a través de correo electrónico u otro medio idóneo.

Que se requiere generar mecanismos que permitan agilizar la contratación de bienes y servicios, optimizando los tiempos de respuesta requeridos por los programas académicos y programas de investigación, cumpliendo así los requerimientos de las...

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