ACUERDO LOCAL 05 RD 6410 - 9 de Octubre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 742035549

ACUERDO LOCAL 05 RD 6410

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6410 9 OCTUBRE 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6410 • pP. 1-19 • 2018 • OCTUBRE 9
Que para la actual administración local, se hace ne-
cesario reconocer los valores, las prácticas sociales
y culturales, de la población negra, afrocolombiana,
raizal y palenquera y suscitar el desarrollo integral de
esta población, con el n de proteger la diversidad
étnica y cultural de la ciudad y reconocer los aportes
de los afrodescendientes en la consolidación de un
proyecto de ciudad más democrático deniendo Ac-
ciones Armativas buscando disminuir las brechas
de desigualdad y discriminación con el resto de la
comunidad.
Que teniendo en cuenta que el periodo de sesiones
ordinarias de la Junta Administradora Local no ha
iniciado, es indispensable realizar una convocatoria
extraordinaria a dicha corporación para que proce-
dan a estudiar el proyecto de acuerdo “Por medio
del cual se Adopta la Conmemoración el día de
la Afrocolombianidad en la Localidad de BOSA”
Que el Alcalde Local de Bosa en ejercicio de sus
funciones convoca para los días de 2018 a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local de
Bosa en las instalaciones de esa corporación.
En mérito de lo anterior, el Alcalde Local de Bosa
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Convóquese a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local de
Bosa los días 15,16,17,18,19,20,21,22,23,24, Octubre
de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO: Durante el periodo de sesio-
nes extraordinarias señalado en el artículo anterior, la
Junta Administradora Local de Bosa se ocupará de
estudiar y tramitar y al proyecto de Acuerdo Local 002
de 2018. “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA
CONMEMORACIÓN EL DÍA DE LA AFROCOLOM-
BIANIDAD EN LA LOCALIDAD DE BOSA”
ARTICULO TERCERO: El presente Decreto rige a
partir de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DadO en Bogotá, D.C. a los ocho (8) días del mes
de octubre dos mil dieciocho (2018).
JAVIER ALFONSO ALBA GRIMALDOS
ALCALDE LOCAL DE BOSA
JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
Acuerdo Local Número 05
(Septiembre 17 de 2018)
“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE
LOS LINEAMIENTOS PARA LA CREACIÓN
Y ACTIVACIÓN DEL CONSEJO LOCAL DE
PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL EN LA
LOCALIDAD DE ANTONIO NARIÑO Y SE DICTAN
OTRAS DISPOSICIONES”
La Junta Administradora de La Localidad de
Antonio Nariño.
En ejercicio de las facultades conferidas por la
1421 de 1993 y el Decreto 448 de 2007.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
El presente Acuerdo conforma el Concejo Local de
Protección y Bienestar Animal de Antonio Nariño y
brinda los lineamientos para su constitución y ejercicio
con el objetivo de consolidar un espacio consultivo local
para territorializar la Política Pública en la localidad y
así fortalecer la participación de la comunidad y arti-
cular acciones interinstitucionales a n de garantizar
la protección y bienestar de los animales de compañía
y fauna silvestre.
La Constitución Política de Colombia estableció en su
artículo 8° que, “…es obligación del Estado y de las
personas proteger las riquezas culturales y naturales
de la Nación.”, dentro de las que se encuentra la
fauna silvestre y doméstica del territorio. A su vez, el
artículo 79 ibídem indicó que, “…todas las personas
tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley
garantizará la participación de la comunidad en las
decisiones que puedan afectarlo", e igual preceptúa
que "…es deber del Estado proteger la diversidad e
integridad del ambiente, conservar las áreas de es-
pecial importancia ecológica y fomentar la educación
para el logro de estos nes".
De igual manera, el numeral 8 del artículo 95 del Ca-
pítulo 5 denominado Deberes y Obligaciones, señala
que, “…Son deberes de la persona y del ciudadano:
[…] 8. Proteger los recursos culturales y naturales del
país y velar por la conservación de un ambiente sano.”
En el año 1989 se promulgó la Ley 84, por medio de
la cual “Se adoptó el Estatuto Nacional de Protección
de los Animales y se crean unas contravenciones y se
regula lo referente a su procedimiento y competencia”
indicando que “los animales tendrán en todo el territo-
rio nacional especial protección contra el sufrimiento

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