Acuerdo Nº 003 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, 2024 - Normativa - VLEX 1026899815

Acuerdo Nº 003 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, 2024

Fecha de publicación11 Marzo 2024
Número de acuerdo003
Año2024
Fecha22 Febrero 2024
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Gohazo/i
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ACUERDO
No.
003
DE
2024
(22
FEBRERO
2024)
"Por
medio
del
cual
se
aprueba
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
del
Departamento
del
Huila
2024
-
2035"
EL
CONSEJO
DIRECTIVO
DE
LA
CORPORACION
AUTONOMA
REGIONAL
DEL
ALTO
MAGDALENA
-
CAM,
En
uso
de
sus
facultades
constitucionales,
legales
y
estatuarias
en
especial
las
conferidas
por
la
Ley
99
de
1993
y
Decreto
1076
del
26
de
mayo
del
2015
CONSIDERANDO
Que
el
articulo
68
de
la
Ley
99
de
1993
garantiza
la
planificacion
integral
por
parte
del
Estado
del
manejo
y
aprovechamiento
de
los
recursos
naturales.
Que
el
Articulo
2.2.8.6.1.1.1.,
del
1076
del
2015,
establece
que
La
Planificacion
Ambiental
Regional,
es
un
proceso
dinamico
de
planificacion
del
desarrollo
sostenible
que
permite
a
una
region
orientar
de
manera
coordinada
el
manejo,
administracion
y
aprovechamiento
de
sus
recursos
naturales
renovables,
para
contribuir
desde
lo
ambiental
a
la
consolidacion
de
alternativas
de
desarrollo
sostenible
en
el
corto,
mediano
y
largo
plazo,
acordes
con
las
caracten'sticas
y
dinamicas
biofisicas,
economicas,
sociales
y
culturales.
Que
el
Articulo
2.2.8.6.3.1.
del
decreto
1076
del
26
de
mayo
del
2015
define
que
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional,
PGAR,
es
el
instrumento
de
planificacion
estrategico
de
largo
plazo
de
las
Corporaciones
Autonomas
Regionales
para
el
area
de
su
jurisdiccion,
que
permite
orientar
su
gestion
e
integrar
las
acciones
de
todos
los
actores
regionales
con
el
fin
de
que
el
proceso
de
desarrollo
avance
hacia
la
sostenibilidad
de
las
regiones;
que
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
tendra
una
vigencia
de
mmimo
10
ahos
y
que
las
Corporaciones
Autonomas
Regionales
tienen
la
responsabilidad
de
la
formulacion
del
PGAR
en
coordinacion
con
las
entidades
territoriales
de
su
jurisdiccion
y
los
representantes
de
los
diferentes
sectores
sociales
y
economicos
de
la
region.
El
PGAR
debera
ser
aprobado
por
el
Consejo
Directive
de
la
respectiva
Corporacion.
Que
el
Articulo
2.2.8.6.3.2.
Componentes
del
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
establece,
que
"El
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
debera
contemplar
como
mmimo
cuatro
componentes:
1.
Diagnostico
Ambiental,
2.
Vision
Regional,
3.
Lmeas
estrategicas,
4.
Instrumento
de
seguimiento
y
evaluacion",
componentes
que
hacen
parte
del
PGAR
2024-2035
Que
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
del
Departamento
del
Huila
anterior
tuvo
una
vigencia
de
12
ahos,
desde
el
aho
2011
y
hasta
el
aho
2023,
por
lo
cual
la
Corporacion
Autonoma
Regional
del
Alto
Magdalena
-
CAM
durante
el
aho
2023
formulo
de
manera
participativa
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
para
el
periodo
2024
-
2035,
con
participacion
de
funcionarios
y
personal
de
apoyo,
amplia
convocatoria
a
las
entidades
territoriales,
y
demas
actores
ambientales,
academicos,
sociales
y
economicos
de
la
region,
a
traves
de
(11)
once
talleres,
ocho
(8)
territoriales
y
tres
(3)
con
comunidades
indigenes,
asi
mismo,
recibio
retroalimentacion
a
traves
de
medios
virtuales.
Sede
Principal
9
Carrera
1
No.
60-79
Barrio
Las
Mercedes
Neiva
-
Huila
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Que
el
documento
proyecto
del
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
2024
-
2035
fue
socializado
a
la
Comision
designada
por
el
Consejo
Directive
en
las
sesiones
realizadas
los
dias
once
(11)
y
dieciocho
(18)
de
diciembre
de
2023,
y
veinte
(20)
de
febrero
de
2024,
realizando
aportes
que
fueron
incorporados
al
documento.
Que,
en
merito
de
lo
anteriormente
expuesto,
ACUERDA:
ARTICULO
PRIMERO:
Aprobar
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
-
PGAR
para
el
area
de
jurisdiccion
de
la
Corporacion
Autonoma
Regional
del
Alto
Magdalena,
CAM,
para
el
periodo
del
2024-
2035,
contenido
en
el
documento
anexo
que
hara
parte
integrante
del
presente
Acuerdo.
ARTICULO
SEGUNDO:
El
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
PGAR
-2024-2035,
contiene
los
siguientes
ejes
Estrategicos:
EJE
ESTRATEGICO
1:
DESARROLLO
SECTORIAL
SOSTENIBLE,
EJE
ESTRATEGICO
2:
BIODIVERSIDAD
Y
SERVICIOS
ECOSISTEMICOS,
EJE
ESTRATEGICO
3:
GESTION
INTEGRAL
DEL
RECURSO
HIDRICO,
EJE
ESTRATEGICO
4:
TERRITORIAL,
GESTION
DEL
RIESGO
Y
CAMBIO
CLIMATICO
Y
EJE
ESTRATEGICO
5:
FORTALECIMIENTO
INSUTUCIONAL
Y
EDUCACION
AMBIENTAL.
ORDENAMIENTO
AMBIENTAL
ARTICULO
TERCERO:
Los
Planes
de
Accion
Cuatrienal
que
se
formulen
y
aprueben
en
el
marco
de
la
vigencia
del
presente
PGAR,
con
base
en
una
mirada
integral
de
los
conflictos
socioambientales,
se
orientaran
bajo
la
vision
regional
y
el
marco
estrategico
aqui
definido.
Asi
mismo,
conforme
lo
dispuesto
en
la
99
de
1993,
la
Ley
152
de
1994,
la
Ley
388
de
1997
y
el
Decreto
1076
de
2015,
las
entidades
territoriales
consideraran
las
h'neas
estrategicas
definidas
en
el
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
de
la
CAM
en
la
formulacion
y/o
ajuste
de
los
Planes
de
Ordenamiento
Territorial,
asi
como
en
sus
Planes
de
Desarrollo.
En
todo
caso,
el
desarrollo
del
presente
instrumento
de
planificacion
estrategico
se
fundara
en
la
articulacion,
coordinacion
y
convergencia
regional
de
los
actores
del
SISTEMA
NACIONAL
AMBIENTAL
Con
base
en
lo
anterior,
la
Corporacion
informara
a
los
entes
territoriales
del
departamento
del
Huila
sobre
la
necesidad
de
contribuir
al
cumplimiento
del
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
2024-2035
a
traves
de
la
inclusion
de
acciones
especificas
y
recursos
financieros
en
sus
instrumentos
de
planificacion:
Planes
de
Ordenamiento
territorial
y
Planes
de
Desarrollo
municipales
y
departamental.
ARTICULO
CUARTO:
El
Director
General
presentara
informes
bienales
(cada
dos
anos)
ante
el
Consejo
Directive
de
la
Corporacion,
que
den
cuenta
de
los
avances
en
el
logro
de
la
vision
regional
y
del
componente
de
U'neas
Estrategicas
del
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional,
conforme
los
mecanismos
de
seguimiento
y
evaluacion
que
se
acogen
en
los
documentos
que
hacen
parte
integral
del
presente
Acuerdo,
pero,
en
especial,
a
traves
de
indicadores
ambientales
y/o
de
resultado
que
permitan:
Aportes
del
Plan
de
Accion
Cuatrienal
vigente.
Consolidar
y
analizar
los
avances
en
la
gestion
ambiental
regional
y
de
la
condicion
de
los
ecosistemas
y
de
la
prestacion
de
bienes
y
servicios
ambientales.
Sede
Principal
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No.
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-
Las
necesidades
de
ajuste
de
los
distintos
componentes
del
PGAR.
ARTICULO
QUINTO:
El
Director
General
podra
proponer
al
Consejo
Directivo
ajustes
al
Plan
de
Gestion
Ambiental
Regional
los
cuales
deberan
estar
soportados
tecnica,
legal
y
financieramente.
ARTICULO
SEXTO:
El
presente
Acuerdo
rige
a
partir
de
la
fecha
de
su
publicacion.
/
Dado
en
Neiva,
a
los
veintidos
(22)
dias
del
mes
de
febrero
de
dps-rnTTveinticuatro
(2024)
PUBLIQUESE
Y
CUMPLASE
/
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JAIME
ANDRES
TRU.
Presidente
Ad/oc
/
ALBERTO
VARGAS
ARIAS
Secretario
General
Sede
Principal
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CAM
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CAMHUILA
9
Carrera
I
No.
60-79
Barrio
Las
Mercedes
Neiva
-
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(Colombia)
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