Acuerdo Nº 003 de Instituto Distrital de la Participación Y Acción Comunal - Idpac, 11-05-2023 - 16 de Mayo de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 932162009

Acuerdo Nº 003 de Instituto Distrital de la Participación Y Acción Comunal - Idpac, 11-05-2023

Fecha de emisión11 Mayo 2023
Fecha de publicación16 Mayo 2023
EmisorInstituto Distrital de la Participación Y Acción Comunal - Idpac
Número de Gaceta7719
ACUERDO No 003 DE 2023
(11 de mayo de 2023)
“Por el cual se fija el incremento salarial para los empleos públicos del Instituto
Distrital de la Participación y Acción Comunal para la vigencia fiscal 2023.
Sede Principal: Avenida Calle 22 # 68C-51
Teléfono PBX: (57) (1) 2417900 - 2417930
www.participacionbogota.gov.co
Código Postal: 110931
LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA
PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL IDPAC
En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el literal f) del artículo
55 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, expedido por el concejo de Bogotá D.C. y el literal f del
artículo 29 del acuerdo 001 de 2007, expedido por la Junta Directiva del Instituto Distrital de
la Participación y Acción Comunal, por medio del cual se adoptan los Estatutos Internos del
IDPAC, y
CONSIDERANDO
Que por disposición de la Ley 489 de 1998, las entidades descentralizadas, tanto nacionales como
distritales o municipales, se regulan por la Constitución, por las normas legales, por el acto de su
creación y por los estatutos internos y, en virtud de la autonomía administrativa y presupuestal de la
que gozan, corresponde a sus juntas directivas según lo previsto en sus estatutos, determinar la escala
de remuneración correspondiente a sus empleados, sin que de modo alguno pueda sobrepasar lo s
límites máximos de remuneración que señale el Gobierno Nacional, conforme a lo dispuesto por el
artículo 12, parágrafo, de la Ley 4ª de 1992.
Que en concordancia con lo anterior, el literal f) del artículo 29 del Acuerdo Número 0001 del 2 de
enero 2007, "Por el cual se adoptan los Es tatutos Internos d el Instituto Dis trital de la Participación y
Acción Comunal", establece que son funciones de la Junta Directiva del Instituto Distrital de la
Participación y Acción Comunal, entre otras, “Fijar la planta de cargos, la nomenclatura y la clasificación
de los empleos, la escala de remuneración de las diferentes categorías de empleos, y los emolumentos
de los servidores y servidoras de la entidad de acuerdo a la política que para el efecto establezca el
CONFIS; con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijad o
para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado para la entidad”.
Que, en este orden, es importante resaltar que el Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio
Civil, mediante providencia del 18 de julio de 2012, con radicación 1393, señaló: “(…) 1. y 2. Las juntas
directivas de las entidades descentralizadas del orden distrital tienen la potestad de fijar los
emolumentos de sus empleados públicos, respetando el límite máximo salarial establecido por el
gobierno mediante decreto 2714 de 2001. Las prestaciones y los factores salariales que se tienen en

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