Acuerdo Nº 003 del órgano de gobierno de la JEP, 26-01-2018 - Normativa - VLEX 800863989

Acuerdo Nº 003 del órgano de gobierno de la JEP, 26-01-2018

Número de acuerdo003
Fecha26 Enero 2018
ACUERDO N°003 de
2018
26
de enero
Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos
de la Jurisdicción Especial para La Paz - JEP
LA PRESIDENTA Y EL SECRETARIO EJECUTIVO
DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ,
en ejercicio de las facultades señaladas en el Acto Legislativo oi de
2017,
el artículo
2
0
del
Decreto
2107
de
2017
que adiciona un parágrafo al artículo
2.8.1.9.3
del Decreto
ao68
de
2015,
de conformidad con el acta de la sesión del
26
de enero de
2018, y
CO NS IDE RAN DO
Que el artículo
5
0
transitorio del Acto Legislativo Número oi de
2017
creó la Jurisdicción
Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.
Que el artículo
15
del Acto Legislativo oi de
2017
estipula que la Jurisdicción Especial para
la Paz "( ... ) entrará en funcionamiento a partir de aprobación de este Acto Legislativo sin
necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de la aprobación posterior de las
normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de dicha jurisdicción ( ... )".
Que Néstor Raúl Correa Henao fue posesionado como Secretario Ejecutivo de la JEP ante
el Presidente de la República, tal como consta en el acta de posesión número
2951
del
2
de
noviembre de
2017.
Que Patricia Linares Prieto fue posesionada como Magistrada del Tribunal Especial para la
Paz y Primera Presidenta de la JEP ante el Presidente de la República, tal como consta en
el acta de posesión número
2954
del
3
de noviembre de
2017-
Que de conformidad con el parágrafo
2
0
del artículo transitorio 5
0
del Acto Legislativo oi
de
2017,
el Secretario Ejecutivo y la Presidenta ejercerán de manera exclusiva todas las
funciones asignadas a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura
establecidas en el Acto Legislativo
02
de
2015
y en la Ley
270
de 1996 respecto al gobierno
y administración de esta Jurisdicción;
Que el artículo 256 de la Constitución Política, señala que corresponde al Consejo Superior
de a Judicatura cumplir las siguientes funciones relacionadas con la planta y la estructura:
2. Crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la administración de justicia. En
ejercicio de esta atribución, el Consejo Superior de la Judicatura no podrá establecer a
cargo del Tesoro obligaciones que excedan el monto globalfijado para el respectivo
servicio en la ley de apropiaciones iniciales.
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