Acuerdo Nº 014 del órgano de gobierno de la JEP - Normativa - VLEX 819927753

Acuerdo Nº 014 del órgano de gobierno de la JEP

Número de acuerdo014
Fecha11 Febrero 2019
EmisorÓrgano de gobierno (Jurisdicción especial para la paz de Colombia)
-J~
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
ACUERDO AOG
No.
014 de 2019
(11 (le lcbrero (le 2019)
1ür el
('1/a]
se api ile/Ja
Ja
iiioi'ilidad
de uji pivI'sioiia] iado 33 de
la
Sección
(le
Ausencia
(le
Reconocimiento (le
Verdad
y
Respoiisabili(la(I, a la Sala (le Aimiistía o
II1(lLIll()
de
la.Jlii'LS'diC('lói)
Especial paia la Paz.
EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE
LAJURISDICCIÓN
ESPECIAL
PARA LA PAZ
-
JEP
Lii
CjCici('i()
de SUS
!aculta(leS coiistitucioiiales, lcgules y rcglanieiitarias, cii especial ci ¡)arágralo
2 (]el artículo tru1sitori()
59
(le la Coiistilucióii Política, a(lopta(lo
¡)OF ci
A(-(o
LegiSlativo
01
(le 2017, preciSa(l()
Cli SUS
alcances por
la Corle Coiistitucioiial cii Sentencia C-671 (le 2017 y
los artículos 14
literal a)
y
69 dc1 Acuerdo 001 (le 2018 con el
cual
la Pleiiaria adoptó el
Reglamento General (le
lajurisdiccióii Especial para
la Paz, y
CONSIDERANDO
Que
el
artículo transitorio 5° dc1 Acto LCgislativ() 01 (¡el 2017 creó
la
«
Jurisoliccióii
Especial
para la Paz, coii autonomía
a(lmilliStrativa, presul)uestal V téo'iiica.
Que, adicioiialmeiite, respecto de su
iiaturaleza jurí(lica,
el cita(l()
Acto
Legislativo
señala que
laEP
estará
sujeta
a un régiliien
legal
propio y
se
encargará
(le
a(lnhilnstrar justicia
(le
manera
transitoria y
,
autóiioina, con
conocinuelito)
preicreilte
sobre
las (lemásjuris(liccioiles.
(,.uc
ci
artículo 15
del
Acto Legislativo 01 del
2017 estipula que
la
•JiIris(liccióii
Especial para
la Paz
"(..)
en/laja en luiicioiiainieiiío
a
¡Jarlir
(le la aprohacióii (le es/e /!ck) LcisJaiiiv
sin
necesida(l
(le
iliIlfflhil iioriiia
(le
(/e,salrolJo, Sil)
,0e17(llci()
(le la aprobación
J)OSIC'liOr
(le las
normas
¿-le
J)Ioce(llnndn/o
y
lo que
esiahkvca
el
ivglainenio
de
(lic/la jwisdicción
(...)'
Que el
inciso
6
del artículo
transitorio
12 del Acto Legislativo 01 (le 2017 (lisl)olie oiue los
Iliagistra(los (le la
,JEP,
siii incluir
normas
procesales, a(loptaráll
el
reglameiiio
(le
1u1io'io1Iuuieilt()
Y
orgailiza('ióu
(le
la,j1.P.
Que a través del Acuerdo 001 (le! 9 (le marzo
(le
2018 prolcri(lo por la Pleiiaria
ole
la JEP
a(loptó su
Reglamento General. Lii ci
mismo
se estableció
(llid
el
Úrgaiio
(le
Gobierno
(le
la
¡LP
teli(lría
COO)
luiicioncs las
señaladas
cii
la
Coiistitucióii, la
lev
estatutaria
(le
lajEP,
la
ley
,
(le proce(Iilmellto (le
laJEP, la
ley
,
y
las
relcri(las cii el artículo
11
(le ese Reglamento.
Que cii el literal a) del
artículo
14
dc1
Reglamciito
General se establece
que
el
Órguio
(le
(;obieriio deci(lirá las solicitudes (le
movili(la(l
(le
magistrados o magistraolas y/o (le los
integralites (le la plaiita a(lscrita a sus despachos, (le coillormi(la(l o'oii lo dispuesto cii ci literal
(1) del artículo 42 ibideni.
Que
cii sesión
(le
(
'
)rgaiio
(le Gobierno (IdI 29 (le
enero
(le
2019 se aprol)ó la
solicitu(l
(le
la
Sala
(le Aimiistía o In(lulto (le movilidad
tcml)oral
del (loctor Santiago Vargas
-Prolcsioiial
gTa(lo
33 (IdI 1)cspaclio del Ma4listrado Gustavo Salazar (le la Sección (le
Ausencia
(le
Reconocimiento (le Verolad y Respomisabilidad a la SAI, por
tui
periodo (le tres (3)
meses
prorrogal)les
hasta
por tres
(3) meses más,
cii razóii (le la alta carga
ole trabajo que
alroiita
dicha
Sala.
Que md(liamitd oficio del 11 (le lebrero) (le
2019 suscrito por la
Presidenta ole
la Sala
(le
Ammiistía o) Imldult() y por ci Magistra(lo Gustavo.
Salazar
.e la
Sección
(le
Ausencia
(le
Larrera /
fi
b
-
4 Bogota (LolomOla).

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