Acuerdo N° 030 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 07-05-2021 - Normativa - VLEX 879100233

Acuerdo N° 030 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 07-05-2021

Año2021
Fecha07 Mayo 2021
Fecha de publicación04 Junio 2021
Tipo de documentoAcuerdo
6
Gaceta Oficial Nº4839
Acuerdo 30 de 2021
Por medio del cual se desafectan unos bienes de uso público de propiedad del municipio
de Medellín, se ordena su canje y se dictan otras disposiciones.
EL CONCEJO DE MEDELLÍN
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial de las conferidas por el artículo 63 de la Constitución
Política, el artículo 6° de la Ley 9 de 1989, y el artículo 32
de la Ley 136 de 1994, modicada por el artículo 18 de la
Ley 1551 de 2012
ACUERDA
Artículo 1. Objeto. Desafectar del uso público de manera
parcial, en el marco de la Operación Urbana Especial del
Parque San Antonio, los predios identicados con matrícula
inmobiliaria No. 001-771215 en un área total de 191.91
m2, matrícula inmobiliaria No. 001-771211 en un área de
620.53 m2, matrícula inmobiliaria No. 001-771210 en un
área de 1.133.25 m2, matrícula inmobiliaria No. 001-771206
en un área de 185.97 m2, todos propiedad del Municipio de
Medellín, tal como consta en los respectivos certicados de
tradición y libertad.
La delimitación de los predios y cada una de las áreas
objeto de desafectación se referencia en el plano anexo al
presente Acuerdo, el cual será tomado como base para la
suscripción de las correspondientes escrituras públicas o
actos administrativos equivalentes de segregación parcial,
subdivisión o loteo.
Artículo 2. Áreas para desafectar del uso público, de la
siguiente manera:
ÁREAS OBJETO DE DESAFECTACIÓN
CBML Matrícula Área jurídica del
predio (m²)
% de suelo
desafectado del uso
público
Área a
desafectar
Unidad de
Actuación
Urbanística
(UAU)
10130240007 771215 7.578,25 2,56% 191,91 UAU 1
10130370007 771211 2,627,80 22,74% 617,62 UAU 2
2,91 UAU 3
10130370008 771210 2.555,20 44,35% 1.133,25 UAU 3
10139990003 771206 781,00 20,23% 185,97 UAU 3
TOTAL 2.131,66
Artículo 3. Áreas para canjear los bienes de uso público. Las
áreas desafectadas serán canjeadas por predios privados, los
cuales serán transferidos al Municipio de Medellín una vez
culmine la ejecución de cada Unidad de Actuación Urbanística
(UAU) durante la vigencia de la Operación Urbana Especial
del Parque de San Antonio adoptada mediante Decreto
Municipal 1010 de 2020. Una vez transferidos al Municipio
de Medellín, quedaran afectados al uso público.
Los metros cuadrados desafectados que ejecute cada UAU,
serán canjeados dentro de la misma, con independencia del
desarrollo de los proyectos inmobiliarios de las demás UAU.
LOCALIZACIÓN ÁREAS OBJETO DE CANJE
CBML Matrícula Área de
predio (m²) % de suelo
objeto de canje
Área objeto de
canje
(m²)
Unidad de Actuación
Urbanística
(UAU)
10130240010 646852
(predio matriz) 255,00 28,10% 71,65 UAU 1
10130240002 729129 2.780,59 4,33% 120,27 UAU 1
10130370006 646851
(predio matriz) 1.590,00 38,84% 617,62 UAU 2
35,54% 565,14 UAU 3
10130370003 646849
(predio matriz) 1.853,75 3,56% 65,94 UAU 3
10130370005 646850
(predio matriz) 691,05 100,00% 691,05 UAU 3
TOTAL 2.131,66

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