Acuerdo N° 265 de la Alcaldía de Acacías, 2019 - Normativa - VLEX 875691008

Acuerdo N° 265 de la Alcaldía de Acacías, 2019

Número de acuerdo265
Fecha de publicación10 Junio 2019
Año2019
Tipo de documentoAcuerdo
DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO DE ACACIAS
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
1
200.02
(JULIO 02 DE 2013)
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO NO. 134 DE
2011 Y SE ADOPTAN LAS NORMAS LEGALES VIGENTES, PARA LA
ORGANiZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO LOCAL DE SALUD
DEL MUNICIPIO DE ACACIAS"
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE ACACIAS - META
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Artículo 313
2007, Resolución No. 3042 de 2007, 353 de 2011 y 1127 de 2013 del Ministerio
de la protección Social, y
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo 030 de 1993, se creó el Fondo Local de Salud dei
Municipio de Acacias, modificado en su momento por los Acuerdos 026 de 2008 y
134 de 2010, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1122 de 2007 y la
Resolución 3242 de 2007 con la cual se reglamentó la organización de los Fondos
Locales de Salud así como la operación y registro de las cuentas maestras para e!
manejo de sus recursos, modificado a su vez por las Resoluciones 4204 de 2008,
991 y 1453 de 2009, 1805 y 2421 de 2010.
Que por su parte la Ley 1608 de 2013, se adoptan medidas para mejorar la
liquidez y el uso de algunos recursos del sector por parte de las Entidades
Territoriales respecto a los saldos de las cuentas maestras del Régimen
Subsidiado en salud.
Que por la Resolución 1127 de Abril 16 de 2013, el Ministerio de Salud y
Protección Social modificó la Resolución 3042 de 2007, modificada a su vez por
las Resoluciones 4204 de 2008, 991 y 1453 de 2009, 1805, 2421 de 2010 y 353
de 2011, actualizando para ello reglas de operación de las cuentas maestras del
"UN CONCEJO PARTICIPATIVO y DEMOCRÁTICO"
Carrera 14 No.13-30 Barrio Centro. Teléfono: +57 -8- 6469324
Correo Electrónico: concejollacacias-meta.gov
,co
A
c
erdo No. 265 de 2013
1
DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO
DE
ACACIAS
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
200.02
Régimen Subsidiado en Salud, respecto de los usos de sus recursos, y
consecuentemente de sus beneficiarios.
Que de acuerdo con el acto administrativo citado en el párrafo precedente, se fijó
nuevas reglas a las que se debe ceñirse el Fondo Local de Salud del Municipio de
Acacias, a fin de ajustarnos con los postulados determinados en dicho acto
administrativo, emanado del Ministerio de Salud y Protección Social.
Que siendo el Acuerdo 134 de 2010 el vigente en lo que respecta al Fondo Local
de Salud del municipio de Acacias, el cual fundamento en su momento por las
directrices señaladas por la Resolución 3042 de 2007, modificada por las
Resoluciones 4204 de 2008, 991 y 1453 de 2009, 1805 y 2421 de 2010. Acuerdo
que precisamente no contemplo las Resoluciones 353 de 2011 y 1127 de 2013
por lo que se debe ajustar el mismo a la última disposición.
Que así las cosas, los artículos 1 y 2 de la Resolución 1127 de Abril 16 de 2013,
modificaron el artículo 11 de la Resolución 3042 de 2007, en lo que respecta a
los Gastos de la Subcuenta de Régimen Subsidiado de Salud y el artículo 18 de
la Resolución 3042 de 2007, modificado por las Resoluciones 991 de 2009, 1805 y
2421 de 2010 y 353 de 2011, con relación a las Reglas de operación de la cuenta
maestra del Régimen Subsidiado, respectivamente.
Que de igual manera mediante los artículos 3 y 4 de la misma Resolución,
adicionaron el numeral 6 al artículo 12 de la Resolución 3042 de 2007, modificado
por la Resolución 4204 de 2008 y como también el literal f al inciso 2° del artículo
respectivamente.
Que en ese orden de ideas, se hace necesario modificar los artículos 11, 12, 18 y
19 del Acuerdo 134 de 2010, los cuales coinciden con los artículos 11, 12,18 y 19
991 y 1453 de 2009, 1805 y 2421 de 2010 y 353 de 2011 y 1127 de 2013.
En mérito de lo expuesto,
"UN CONCEJO PARTICIPATIVO Y DEMOCRÁTICO"
Carrera 14 No.13-30 Barrio Centro. Teléfono: +57 -8- 6469324
Correo Electrónico: concejo@acacias-meta.gov.co
.4 cuerdo No. 265 de 2013
2
DEPARTAMENTO DEL META
MUNICIPIO DE ACACIAS
HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
200.02
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: ARTÍCULO 1. OBJETO Y
ÁMBITO
DE APLICACIÓN.
La
resolución 3042 de 2007 tiene por objeto determinar la organización,
funcionamiento, estructura- administración y manejo de los fondos de salud y fijar
las condiciones de la operación y registro de cuentas maestras para el manejo de
los recursos de los fondos de salud, de conformidad con el literal b del artículo 13
de la Ley 1122 de 2007, por lo tanto el Municipio de Acacias acoge estas
disposiciones.
ARTÍCULO 2. DEFINICIÓN -
El Fondo Local de Salud del Municipio de Acacias
creado por acuerdo 30 de 1993 constituyen una cuenta especial del presupuesto
del municipio de Acacias, sin personería jurídica ni planta de personal, para la
administración y manejo de los recursos del sector, separada de las demás rentas
del municipio, conservando un manejo contable y presupuestal independiente y
exclusivo, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los
recursos de cada fuente, de conformidad con lo previsto en la Ley y en la
En ningún caso, los recursos destinados a salud podrán hacer unidad de caja con
las demás rentas del Municipio de Acacias, ni entre las diferentes subcuentas del
fondo. El manejo contable de los fondos de salud debe regirse por las
disposiciones que, en tal sentido, expida la Contaduría General de la Nación
conforme a los conceptos de ingreso y gasto definidos en la resolución 3042 de
2007.
Cuando las entidades territoriales efectúen transferencias de los recursos del
"Fondo de Salud al presupuesto de la Dirección de Salud, ésta deberá respetar el
manejo de los recursos de sus respectivas subcuentas conservando la estructura
presupuestal del fondo de salud al interior de su presupuesto.
ARTÍCULO
3:
ADMINISTRACIÓN
Y
ORDENACIÓN DEL GASTO.-
La
administración y ordenación del gasto del Fondo Local de Salud del Municipio de
Acacias corresponde al alcalde municipal de Acacias quien podrá delegar en el
Secretario Municipal de salud esta atribución de conformidad con disposiciones
presupuestales y el estatuto general de contratación pública vigente. Para tales
efectos, en cumplimiento de las disposiciones que rigen la materia, cumplirán las
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Carrera 14 No.13-30 Barrio Centro. Teléfono: +57 -8- 6469324
Correo Electrónico: concejo@acacias-meta.gov.co
cuerdo No. 265 de 2013
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