Acuerdo número 0001 de 2017, por el cual se expide el Estatuto General de Universidad Tecnológica del Chocó 'Diego Luis Córdoba' - 18 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 691987121

Acuerdo número 0001 de 2017, por el cual se expide el Estatuto General de Universidad Tecnológica del Chocó 'Diego Luis Córdoba'

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba"
Número de Boletín50329

El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 69 de la Constitución Política y los artículos 28 y 65 Ley 30 de 1992, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 69 de la Constitución Nacional de 1991 consagra el principio de la autonomía universitaria como la facultad que tienen las universidades de darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos.

Que el artículo 28 de la Ley 30 de 1992 confiere competencia al Consejo Superior Universitario como máximo órgano de decisión para expedir y modificar los estatutos y reglamentos de la Institución.

Que en el marco de dicha competencia, el Consejo Superior Universitario expidió el Acuerdo 0020 del 21 de septiembre de 2011 (Estatuto General), donde se establecen las reglas que rigen la Institución.

Que la comunidad universitaria al igual que las directivas de la Universidad Tecnológica del Chocó, decidieron establecer las nuevas reglas que han de regir en la Institución, en aras de consolidar un nuevo Estatuto General que recoja el sentir de la institución, que armonice con los nuevos lineamientos legales y jurisprudenciales en materia de educación superior.

Que el Estatuto General que aquí se establece como norma suprema, se encuentra ajustado a los fines y objetivos misionales de la Institución, de tal suerte que todo el quehacer institucional corresponderá a las políticas trazadas en el presente estatuto,

ACUERDA:

Artículo 1º Expedir el Estatuto General de la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba", el cual estará contenido en los títulos, capítulos y artículos que a continuación se determinan y cuyo texto es el siguiente:
CAPÍTULO I Artículos 2 a 9

Denominación, naturaleza jurídica, carácter académico, visión, misión, objeto, domicilio, autonomía y funciones

Artículo 2º Denominación.

La Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba", es una institución de educación superior, con régimen especial, y naturaleza de ente universitario autónomo, creada en principio por la Ley 38 de 1968 y definida como Universidad mediante la Ley 7a de 1975 y reconocida como Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" por la Resolución número 3274 de junio 25 de 1993 del Ministerio de Educación Nacional.

Artículo 3º Misión.

La Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" forma talento humano para el ejercicio técnico, tecnológico y científico profesional, desde una comprensión de nuestra diversidad natural y cultural de cara a los retos del mundo contemporáneo, reivindicando su tradicional posición ante la nación colombiana aportando profesionales de alta calidad, emprendedores y comprometidos con su región, su nación y el mundo.

Artículo 4º Visión.

En el 2023 la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" se verá como una institución de la postmodernidad, apropiada de los retos que le impone el desarrollo integral de las personas que forma, el entorno social, las contingencias de la dinámica del cambio y la comprensión de la riqueza ecológica del entorno para garantizar condiciones humanas con un alto sentido de calidad.

Artículo 5º Naturaleza jurídica.

La Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" es una institución de educación superior de carácter público, del orden nacional, con personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera, patrimonio independiente, vinculada al Ministerio de Educación Nacional, en lo concerniente a las políticas y a la planeación del sector educativo.

Artículo 6º Domicilio.

La Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" tiene su domicilio principal en la ciudad de Quibdó, departamento del Chocó, República de Colombia.

Parágrafo. De conformidad con la Constitución, la ley y decretos reglamentarios, la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" podrá gestionar la creación de sedes, seccionales o dependencias en otros lugares del país, así como adelantar planes, programas y proyectos de cooperación en alianzas estratégicas con otras entidades locales, regionales, nacionales, internacionales, públicas, privadas y/o de economía mixta.

Artículo 7º Autonomía.

La autonomía de la Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" es ejercida por sus autoridades y por toda la comunidad académica, por medio de la participación democrática. Su ejercicio le permite adoptar el sistema organizativo, darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas; crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes a la formación académica impartida, seleccionar a sus profesores y alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar los recursos para el cumplimiento de sus fines misionales y formular sus planes y programas de desarrollo, conforme a la Constitución, la ley y sus Estatutos.

Artículo 8º Carácter académico.

La universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba", reconocida ante las autoridades colombianas, acredita su desempeño con criterios de universidad y desarrolla las siguientes actividades: la investigación científica, técnica y tecnológica, la formación académica en distintas áreas del conocimiento, la producción como desarrollo y transferencia del conocimiento, de la cultura local, regional, nacional e internacional y en virtud de ello, está facultada para ofrecer en los diferentes niveles de formación, programas de pregrados, posgrados como especializaciones, maestrías, doctorados y posdoctorados.

Artículo 9º Objeto.

La Universidad Tecnológica del Chocó tiene por objeto la búsqueda, desarrollo y difusión del conocimiento en los campos de las humanidades, la ciencia, las artes, la filosofía, la técnica y la tecnología; mediante las actividades de investigación, docencia y extensión realizadas en los programas de educación superior de pregrado y de posgrado, con metodologías presencial, semipresenciales, abierta y a distancia, encaminadas al servicio de una concepción integral de hombres y mujeres de la región, del país y del mundo. Igualmente, tiene como objeto generar y compartir el conocimiento, aglutinar esfuerzos para ejercer influencia científica sobre la inmensa diversidad biológica, económica, política, sociocultural, étnica, territorial y de ubicación geopolítica y estratégica de la Región Pacífico-Caribe, y realizar investigaciones ligadas a la problemática ambiental, social, económica, étnica, y cultural de la región; en la dirección de buscar soluciones a los problemas de las comunidades del contexto local, regional y nacional, propiciando el reconocimiento y el respeto por todas las manifestaciones culturales del ser humano y de la comunidad en general.

CAPÍTULO II Artículos 10 a 18

Políticas y principios rectores

Artículo 10 Políticas.

La universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" es una universidad Estatal del orden nacional que como institución del saber, la ciencia y la experiencia académica, se constituye en un polo de desarrollo que propende por la creación, transformación, transmisión y aplicación del conocimiento en todas sus formas, manifestaciones y expresiones a través de sus actividades misionales de Docencia, Investigación, Extensión y Proyección Social.

Son políticas de la universidad:

  1. Adoptar planes, programas, proyectos y estrategias que posibiliten el cumplimiento de su misión institucional a fin de lograr su visión.

  2. Formar profesionales idóneos con espíritu crítico y competencia científica, aptos para actuar como promotores del desarrollo económico y gestores del cambio social.

  3. Incorporar en todas sus actividades académicas, la promoción de la dimensión ambiental con miras a la implementación del desarrollo sostenible en la región pacífica.

  4. Impulsar el desarrollo de la cuenca del Pacífico y del Atlántico.

  5. Liderar los procesos de etnoeducación y la identidad afrocolombiana e indígena de la región, permitiendo al tiempo, los procesos de interculturalidad enmarcados en la Constitución Nacional, propendiendo por el enaltecimiento de la cultura y sus múltiples expresiones, sin distingo de razas, credos, condición social, economía y política de sus educandos.

  6. Desarrollar procesos investigativos en todos los campos del saber para construir el mejoramiento de la sociedad, teniendo como prioridad el desarrollo local, regional, nacional e internacional.

  7. Desarrollar programas académicos acordes con las particularidades, necesidades y potencialidades de la región.

Artículo 11 Principios rectores.

La Universidad Tecnológica del Chocó "Diego Luis Córdoba" cumplirá su misión inspirada en su visión y procurando el logro de sus objetivos, bajo los siguientes principios:

  1. Democracia. La Universidad Tecnológica del Chocó, reconoce y adopta el carácter de servicio público y la función social que debe cumplir la educación superior; en consecuencia, su ejercicio estará presidido por principios democráticos, sin restricciones basadas en consideraciones de raza, credo, sexo o condición económica, social o cultural, así mismo, en su carácter de centro receptor, generador e irradiador de la cultura, asume el papel de escuela para la difusión y afirmación de la democracia...

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