Acuerdo número 0003 de 2019, por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo número 00012 de 2014 y se dictan otras disposiciones - 15 de Abril de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 779195649

Acuerdo número 0003 de 2019, por el cual se modifica y adiciona el Acuerdo número 00012 de 2014 y se dictan otras disposiciones

EmisorEstablecimientos Públicos - Servicio Nacional de Aprendizaje
Número de Boletín50927

El Consejo Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 47 del Decreto-ley 1014 de 1978 y el artículo 45 de la Ley 119 de 1994 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el literal J del artículo 7º del Decreto 3118 de 1968, la Junta Directiva del Fondo Nacional de Ahorro eximió al Sena de entregar al Fondo Nacional de Ahorro las cesantías de sus servidores públicos, según Acta número 13 del 28 de agosto de 1969;

Que el Comité Directivo Nacional del Sena mediante Acuerdo número 30 de 1971, constituyó y organizó el Fondo Nacional de Vivienda del Sena;

Que el Decreto-ley 1014 de 1978 establece en su artículo 47 que "Los empleados públicos permanentes de tiempo completo del Sena, continuarán disfrutando de los servicios que presta el Fondo Nacional de Vivienda del Sena, de acuerdo con las reglamentaciones expedidas por el Consejo Directivo Nacional";

Que la Ley 119 de 1994 dispuso en su artículo 45 que "Continuarán vigentes todos los derechos de los empleados públicos derivados de las relaciones laborales existentes en el Sena, los que no podrán ser desconocidos ni afectados. // Los beneficios vigentes tales como el Fondo Nacional de Vivienda, entre otros, podrán ser revisados por los órganos competentes del Sena sujetándose a las normas que los rigen // Los derechos y beneficios de los trabajadores oficiales vinculados al Sena, continuarán rigiéndose por las convenciones colectivas o laudos arbitrales y las disposiciones laborales vigentes";

Que la Ley 432 de 1998 "Por la cual se reorganiza el Fondo Nacional de Ahorro, se transforma su naturaleza jurídica y se dictan otras disposiciones" , establece en el artículo

5º inciso primero que "A partir de la vigencia de la presente ley deben afiliarse al Fondo Nacional de Ahorro los servidores públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional";

Que mediante el Acuerdo número 00012 de 2014 el Consejo Directivo Nacional del Sena adoptó las "normas reguladoras del Fondo Nacional de Vivienda del Sena";

Que el Consejo Directivo Nacional del Sena expidió el Acuerdo número 0004 del 30 de mayo de 2017 "Por el cual se regula el Fondo Nacional de Vivienda del Sena, se modifica y deroga parcialmente el Acuerdo número 00012 de 2014 y se dictan otras disposiciones";

Que de conformidad con el informe presentado por la Universidad Nacional de Colombia en cumplimiento del Contrato número 915 de 2016, el Fondo Nacional de Vivienda del Sena cuenta con la viabilidad técnica y financiera para otorgar créditos de vivienda a los servidores públicos del Sena vinculados a partir del 2 de febrero de 1998;

Que con ese antecedente, la administración del Sena suscribió el 19 de julio de 2018 un Acta con la Organización Sindical de Trabajadores Oficiales (Sintrasena), en la que se comprometió a analizar mecanismos administrativos y jurídicos para que el Fondo Nacional de Vivienda del Sena pueda otorgar créditos hipotecarios de vivienda a los servidores públicos de la Entidad que se vincularon a la misma a partir del 2 de febrero de 1998;

Que en el Acuerdo Colectivo suscrito el 6 de diciembre de 2018 por el Sena con los Sindicatos de Empleados Públicos Sindesena, Sinsindesena, Setrasena, Unaltrasena y Cossena, se pactaron los siguientes puntos relacionados con el Fondo Nacional de Vivienda del Sena: "Se unifica los puntos 5.1.2 y 5.1.4. // El análisis jurídico interno realizado por el Sena en la vigencia 2018, sumado al estudio técnico y financiero realizado por la Universidad Nacional de Colombia en el año 2016, así como la intención manifiesta de la administración contenida en el acta del 19 de julio de 2018 suscrita entre el Director General del Sena y Sintrasena, permiten identificar e implementar mecanismos administrativos para que el Fondo Nacional de Vivienda del Sena otorgue préstamos de Vivienda a los Servidores Públicos de la Entidad vinculados a partir del 2 de febrero de 1998, sin afectar las condiciones que tienen actualmente los servidores públicos que ingresaron al Sena antes de esa fecha, y presentará a consideración del Comité Nacional de Vivienda y del Consejo Directivo Nacional del Sena, en el primer trimestre de la vigencia 2019 el (los) acuerdos modificatorios de la normatividad vigente del Fondo que sean procedentes; las organizaciones sindicales que suscriben este acuerdo conocerán previamente el proyecto de acuerdo y presentarán sus observaciones y aportes. //...

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