Acuerdo número 002 de 2022, por el cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, para la vigencia fiscal del 2022 - 10 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 897058185

Acuerdo número 002 de 2022, por el cual se modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, para la vigencia fiscal del 2022

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Cancerología
Número de Boletín51944

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado, en uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 97 de Ley 2159 del 12 de noviembre 2021, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo preceptuado en la Ley 100 de 1993, el Instituto Nacional de Cancerología se constituye en una Empresa Social del Estado de carácter Nacional.

Que el artículo 5º del Decreto número 111 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto, dispone que las Empresas Sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoría especial de entidad pública descentralizada, se sujetarán al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado.

Que el Instituto Nacional de Cancerología, en su condición de Empresa Social del Estado, se rige, para efectos presupuestales, por el régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado, tal como lo prevé el Decreto número 1068 de 2015 Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, y el Decreto número 111 de 1996-Estatuto Orgánico de Presupuesto, en aquellas normas que específicamente se refieren a dichas empresas, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 3º y 5º del precitado Estatuto.

Que la Ley 2159 del 12 de noviembre 2021 , por la cual se Decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la Vigencia Fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2022, en su artículo 97 dispuso que: "En las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas y en las Empresas de Servicios públicos y sus subordinadas, en las cuales la participación de la Nación directamente o a través de sus entidades descentralizadas sea igual o superior al noventa por ciento y que desarrollen sus actividades bajo condiciones de competencia, la aprobación y modificación de su presupuesto, de las viabilidades presupuestales y de las vigencias futuras, corresponderá a las juntas...

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