Acuerdo número 01 de 2022, por el cual se modifica el Acuerdo 03 de 2021 que sustituyó el Título 2 del Acuerdo 08 de 16 de septiembre de 2020 'por el cual se aprueban los reglamentos de los juegos de suerte y azar del orden nacional de competencia de Coljuegos' - 23 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 899516868

Acuerdo número 01 de 2022, por el cual se modifica el Acuerdo 03 de 2021 que sustituyó el Título 2 del Acuerdo 08 de 16 de septiembre de 2020 'por el cual se aprueban los reglamentos de los juegos de suerte y azar del orden nacional de competencia de Coljuegos'

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Empresa industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar
Número de Boletín51985

La Junta Directiva de la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), en uso de las facultades legales y reglamentarias y en especial de las contempladas en el numeral 2 del artículo 10 del Decreto ley 4142 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º de la Ley 643 de 2001 señala como principios que rigen la explotación, organización, administración, operación, fiscalización y control de los juegos de suerte y azar, el de finalidad social prevalente, según el cual, todo juego de suerte y azar debe contribuir eficazmente a la financiación del servicio público de salud.

Que el artículo 3º de la Ley 643 de 2001, igualmente establece el principio de racionalidad económica, según el cual, la operación de juegos de suerte y azar se realizará con arreglo a criterios de racionalidad económica y eficiencia administrativa que garanticen la rentabilidad y productividad necesarias para el cabal cumplimiento de la finalidad pública y social del monopolio.

Que el artículo 7º de la Ley 643 de 2001 establece que el Régimen Jurídico de los contratos de concesión para la operación de juegos de suerte y azar se encuentra establecido en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (Ley 80 de 1993), norma que señala que en los procesos de selección las Entidades están obligadas a establecer condiciones objetivas, justas, claras y completas, en el mismo sentido las Entidades no establecerán condiciones de imposible cumplimiento (artículo 24). Adicionalmente señala como principios el de la buena fe y la igualdad y el equilibrio entre prestaciones y derechos que caracteriza a los contratos conmutativos (artículo 28).

Que el Decreto ley 4142 de 2011, modificado por el Decreto 1451 de 2015, creó la Empresa Industrial y Comercial del Estado Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar (Coljuegos), cuyo objeto es "(...) la explotación, administración, operación y expedición de reglamentos de los juegos que hagan parte del monopolio rentístico sobre los juegos de suerte y azar que por disposición legal no sean atribuidos a otra entidad (.)" .

Que el artículo 2º del Decreto 1451 de 2015 prevé como funciones de Coljuegos las de: "3. Desarrollar y mantener una oferta de juegos de suerte y azar que permita la explotación efectiva del Monopolio Rentístico sobre los mismos, en los temas de su competencia.", y la de "6. Determinar en los contratos de operación de juegos de suerte y azar, el monto de los derechos de explotación, con base en estudios técnicos y teniendo en cuenta las condiciones de mercado" , funciones que fueron establecidas desde la expedición del Decreto ley 4142 de 2011.

Que en el estudio técnico de creación de Coljuegos, se indicó que "El diseño de las funciones generales de Coljuegos tuvo como fin que la Empresa pudiera maximizar las rentas del monopolio por medio de la explotación eficiente e innovadora del mismo. El diseño propuesto estableció que para ejercer sus derechos de decisión y maximizar las rentas, la empresa debería tener las siguientes funciones: i) tener facultades de iniciativa regulatoria, ii) realizar...

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