Acuerdo número 017 de 2016, por el cual se fijan criterios para la definición de perfiles y se establece el cronograma del concurso público de méritos para la vinculación de cincuenta y tres (53) docentes de carrera a la Universidad Popular del Cesar (UPC). - 25 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652253757

Acuerdo número 017 de 2016, por el cual se fijan criterios para la definición de perfiles y se establece el cronograma del concurso público de méritos para la vinculación de cincuenta y tres (53) docentes de carrera a la Universidad Popular del Cesar (UPC).

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín50037

El Consejo Académico de la Universidad Popular del Cesar, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Educación Nacional y las instancias responsables del aseguramiento de la calidad de la Educación Superior han incluido como factores importantes en los procesos de otorgamiento de registros calificados de programas de pregrado y posgrado, acreditación por alta calidad de los mismos y de acreditación institucional, la vinculación, permanencia y cualificación de docentes de carrera en la planta de personal docente, asimismo, el fortalecimiento de las áreas disciplinares específicas de los programas.

Que el Consejo Superior Universitario de la UPC a través del Acuerdo 022 del 29 de julio 2014 reglamentó las convocatorias para vincular docentes mediante concurso público de méritos en la institución.

Que el Consejo Académico en su sesión del sábado 7 de marzo de 2015 analizó y conceptuó favorablemente la conveniencia de que los sesenta (60) docentes de carrera a vincularse en virtud de la presente convocatoria contribuyan a fortalecer las áreas disciplinarias específicas de los programas beneficiados.

Que el Consejo Académico en su sesión del día 15 de abril de 2015 hizo la respectiva distribución de las sesenta (60) plazas autorizadas entre las diferentes Facultades, quedando de la siguiente manera: dos (2) para la Facultad de Arte y Folclor, siete (7) para la Facultad de Ciencias Administrativas Contables y Económicas, cinco (5) para la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, diez (10) para la Facultad de Ingenierías y Tecnológicas, doce (12) para la Facultad de Ciencias Básicas y Educación, catorce (14) para la Facultad de Salud y diez (10) para la seccional de Aguachica.

Que el siguiente cuadro, que hace parte integral del presente Acuerdo, determina la asignación de las sesenta (60) plazas en los diferentes programas de la sede de Valledupar y en la seccional de Aguachica.

Designación de cincuenta plazas de la sede de Valledupar y diez de la...

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