Acuerdo número 018 de 2015, por medio del cual se expide la lista definitiva de aspirantes inscritos a ser designados rector de la Universidad Popular del Cesar 2015-2019 - 15 de Junio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 574905230

Acuerdo número 018 de 2015, por medio del cual se expide la lista definitiva de aspirantes inscritos a ser designados rector de la Universidad Popular del Cesar 2015-2019

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín49544

El Tribunal de Garantías Electorales, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias establecidas en el Acuerdo número 001 de 1994, en armonía con los Acuerdos números 032 de 1994; 036 de 2004; 038 de 2004; Acuerdo número 004 del 20 de marzo de 2015 emanados del Consejo Superior Universitario y los Acuerdos número 010 del 4 de mayo de 2015 y 016 del 21 de mayo de 2015 emanados del Tribunal de Garantías Electorales de la Universidad Popular del Cesar, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 28 de la Ley 30 de 1992, en alusión a la autonomía universitaria, consagrada en la Constitución Política, reconoce a las universidades, entre otros, el derecho a darse y modificar sus estatutos y a designar sus autoridades académicas y administrativas.

Que mediante Acuerdo número 016 del 21 de mayo de 2015 el Tribunal de Garantías Electorales resolvió unos Recursos de Reposición que interpusieron los señores Carlos Wilson Lizarazo, Antonio Yesid Pedraza Estrada, Aquilino Cotes Zuleta, Melquiades Salas Anteliz, Julio César Vega Suárez, dentro de los términos de ley y en el marco del calendario electoral para designación de Rector de la Universidad Popular del Cesar, para el periodo del 8 de julio de 2015 al 7 de julio de 2019.

Que el Tribunal de Garantías Electorales mediante Acuerdo número 016 del 21 de mayo de 2015, aceptó las inscripciones de los señores Carlos Wilson Lizarazo, Antonio Yesid Pedraza Estrada, Aquilino Cotes Zuleta, Melquiades Salas Anteliz, Julio César Vega Suárez, como candidatos a ser designados Rector de la Universidad Popular del Cesar.

Que según lo establecido en el calendario electoral para designación de Rector de la Universidad Popular del Cesar 2015-2019 le corresponde al Consejo Superior Universitario atender en subsidio Recursos de Apelación.

Que el Consejo Superior Universitario en la sesión del 25 de mayo de 2015 no atendió Recursos de Apelación porque las pretensiones de los recurrentes fueron aceptadas por el Tribunal de Garantías Electorales según Acuerdo número 016 del 21 de mayo de 2015.

Que el calendario electoral para designación de Rector de la Universidad Popular del Cesar 2015-2019 establece que el Tribunal de Garantías Electorales...

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