Acuerdo número 022 de 2014, por el cual se reglamentan las convocatorias para vincular docentes mediante concurso público de méritos en la Universidad Popular del Cesar (UPC) - 11 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 548545894

Acuerdo número 022 de 2014, por el cual se reglamentan las convocatorias para vincular docentes mediante concurso público de méritos en la Universidad Popular del Cesar (UPC)

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín49362

El Consejo Superior Universitario, en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 28 y 29 de la Ley 30 de 1992 en el marco de la autonomía universitaria reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, jóvenes talentos y docentes visitantes.

Que la Constitución Política colombiana en su artículo 125 establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley. Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la constitución o las leyes, serán nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera, el ascenso en los mismos, se hará previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes.

Que la Constitución Política colombiana en su artículo 209 prevé que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de las funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado.

Que el artículo 70 de la ley 30 de 1992 indica que para ser nombrado profesor de universidad estatal u oficial se requiere como mínimo poseer título profesional universitario y su incorporación se efectuará previo concurso público de...

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