Acuerdo número 023 de 2014, por medio de la cual se modifica el artículo 4º del Acuerdo número 015 del 15 de julio de 2014 - 11 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 548545898

Acuerdo número 023 de 2014, por medio de la cual se modifica el artículo 4º del Acuerdo número 015 del 15 de julio de 2014

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín49362

El Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar, en uso de sus atribuciones Legales, Estatutarias, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 4º del Acuerdo número 015 del 15 de julio de 2014, el Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar modificó el artículo 28 del Acuerdo número 001 del 22 de enero de 1994 "Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar".

Que el Consejo Superior en la Sesión del 29 de julio de 2014, resolvió suprimir de los literales L) y Y) del artículo 4º del Acuerdo número 015 del 15 de julio de 2014 las frases "previa autorización del Consejo Superior".

Que en mérito de lo expuesto el Consejo Superior Universitario,

ACUERDA:

Artículo 1º Modificar el artículo 4º del Acuerdo número 015 del 15 de julio de 2014 que a su vez modificó el artículo 28º del Acuerdo número 001 del 22 de enero de 1994 "Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar", el cual quedará así:

Son funciones del Rector las siguientes.

Artículo 4º. Modificar el artículo 28º delAcuerdo número 001 de 1994, el cual quedará así: Son funciones del Rector las siguientes:

  1. Desarrollar, bajo los principios constitucionales y legales, la Misión, principios y los objetivos de la Universidad Popular del Cesar;

  2. Dirigir y coordinar la gestión académica, científica, tecnológica, cultural y artística así como los programas de la Universidad;

  3. Cumplir y hacer cumplir las normas legales, los estatutos y los reglamentos de la Universidad y las decisiones y actos del Consejo Superior Universitario y del Consejo Académico;

  4. Evaluar y controlar el funcionamiento general de la Universidad Popular del Cesar e informar de ello por escrito al Consejo Superior Universitario;

  5. Dirigir el proceso de planeación del desarrollo armónico de la Universidad procurando la integración de las sedes y velar por la preparación, elaboración y evaluación de los planes, programas, proyectos, estudios, documentos y todo lo necesario para que el Consejo Superior Universitario en cumplimiento de sus funciones tome las decisiones correspondientes;

  6. Presentar al Consejo Académico y...

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