Acuerdo número 027 de 2019, por el cual se dispone la suspensión de términos judiciales de la JEP - 3 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 782182189

Acuerdo número 027 de 2019, por el cual se dispone la suspensión de términos judiciales de la JEP

EmisorVarios - Jurisdicción Especial para la Paz
Número de Boletín50942

El Órgano de Gobierno de la Jurisdicción Especial para la Paz, en ejercido de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las previstas en el parágrafo 2º del artículo transitorio 5º del Acto Legislativo 01 de 2017, precisado en su alcance por la Corte Constitucional en Sentencia C-674 de 2017 y el capítulo 4 del Reglamento General de la Jurisdicción Especial para la Paz,

CONSIDERANDO:

Que el artículo transitorio 5- del Acto Legislativo 01 del 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz, con autonomía administrativa, presupuestal y técnica.

Que, adicionalmente, respecto de su naturaleza jurídica, el mismo artículo del citado Acto Legislativo señala que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás jurisdicciones.

Que el artículo 15 del mismo Acto Legislativo estipula que la Jurisdicción Especial para la Paz "(...) entrará en funcionamiento a partir de la aprobación de este Acto legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de la aprobación posterior de las normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de dicha jurisdicción (...)".

Que el inciso 6º del artículo transitorio 12 del Acto Legislativo 01 de 2017 dispone que los magistrados de la JEP, sin incluir normas procesales, adoptarán el reglamento de funcionamiento y organización de la JEP.

Que a través del Acuerdo 001 del 9 de marzo de 2018 proferido por la Plenaria de la JEP adoptó su Reglamento General. En el artículo 12 del mencionado reglamento estableció que "la JEP tendrá un órgano de gobierno cuyo objete será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción. De tal forma, se enfoca en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción".

Que el parágrafo 2º del artículo transitorio 5º del Acto Legislativo 01 de 2017, señala que, con el fin de garantizar el funcionamiento y la autonomía administrativa, presupuestal y técnica de la Jurisdicción Especial para la Paz, el Órgano...

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