Acuerdo número 08 de 2023, por medio del cual se autoriza al representante legal del Icetex como Entidad Financiera de Naturaleza Especial, para adquirir compromisos que afecten vigencias futuras con el objeto de atender necesidades relacionadas con la prestación de servicios especializados de gestión documental para el depósito, custodia y administración del archivo del Icetex - 4 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 931386261

Acuerdo número 08 de 2023, por medio del cual se autoriza al representante legal del Icetex como Entidad Financiera de Naturaleza Especial, para adquirir compromisos que afecten vigencias futuras con el objeto de atender necesidades relacionadas con la prestación de servicios especializados de gestión documental para el depósito, custodia y administración del archivo del Icetex

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Mariano Ospina Pérez
Número de Boletín52385

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que Je confiere la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, el numeral 21 del artículo 9o del Decreto 1050 del 6 de abril de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1002 de 2005 transformó el Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que el numeral 1 del artículo 9 del Decreto 1050 de 2006 establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de 2005, los lincamientos y políticas del Gobierno Nacional en materia de crédito educativo.

Que la Secretaría General del Icetex en cumplimiento del numeral 17 del artículo 10 del Decreto número 380 de 2007 tiene como función, entre otras, (...) “Ejecutar y administrar el proceso de gestión documental de la Entidad e implementor mecanismos para la custodia de los archivos ”. Por su parte, el artículo 2.8.2.5.4 del Decreto número 1080 de 2015 establece que “Teniendo en cuenta que la gestión documental es un proceso transversal a toda la organización, los diferentes aspectos y componentes de la gestión de documentos deben ser coordinados por los respectivos Secretarios Generales o quienes hagan sus veces, a través de las oficinas de Archivo de cada entidad”.

Que lo anterior implica que la Secretaría General a través del Grupo de Gestión Documental establece los lincamientos sobre la organización del archivo de la Entidad, actividad que debe garantizar el cumplimiento de las normas que en materia archivística que expide el Archivo General de la Nación, quien es el ente regulador de la archivística en el país...

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