Acuerdo número 12 de 2021, por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para comprometer recursos de las vigencias futuras 2022 y 2023, con el fin de adquirir compromisos cuya ejecución trascienda la vigencia actual, correspondientes a gastos de inversión - 3 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 873945767

Acuerdo número 12 de 2021, por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), para comprometer recursos de las vigencias futuras 2022 y 2023, con el fin de adquirir compromisos cuya ejecución trascienda la vigencia actual, correspondientes a gastos de inversión

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín51755

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la Ley 99 de 1993, y en el Estatuto Presupuestal de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 27 de mayo de 2020, mediante Acuerdo número 10 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción Cuatrienal -PAC 2020 - 2023, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años.

Que el Estatuto Presupuestal de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo número 06 del 7 de abril de 2010 y modificado mediante los Acuerdos número 01 del 22 de enero de 2013, número 35 del 21 de noviembre de 2017 y número 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación.

Que el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la Corporación establece:

"Artículo 37. Vigencias futuras. Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de las vigencias autorizadas.

b) Cuando se trate de contratos que deban celebrarse con cargo a los gastos de funcionamiento, convenios y contratos interadministrativos y contratos con cargo a los gastos operativos de inversión, las vigencias futuras serán aprobadas mediante Resolución por el Director General; de lo anterior se rendirá informe al Consejo Directivo, en la siguiente sesión ordinaria.

Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuestal de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante las correspondientes vigencias.

Parágrafo: Las vigencias futuras para convenios y contratos interadministrativos y para los gastos operativos de inversión, serán aprobadas por el Director General de la Corporación hasta por un monto del 25% del presupuesto total de inversión de cada vigencia fiscal.".

Que la Corporación, en el marco del proyecto 1. "RECUPERACIÓN Y CONSERVACIÓN DE ÁREAS PROTEGIDAS, ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS Y PÁRAMOS" perteneciente al Programa "3202-CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SUS SERVICIOS ECOSISTÉMICOS", contemplado en el Plan de Acción Institucional (PAC) 2020-2023, ha previsto el proceso de contratación cuyo objeto es "Formular estrategias de desarrollo de turismo de naturaleza en tres (3) áreas protegidas con el fin de promover los servicios ambientales como alternativa sustentable para las comunidades asentadas en estas áreas", con una proyección de 8 meses, contados a partir del mes de septiembre de 2021.

Que la Dirección de Gestión de Ordenamiento Ambiental y Territorial (DGOAT), para amparar la contratación a la que se refiere el considerando anterior, con memorando 20213051263 de 2021, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2021 como de la vigencia 2022, por valor de $853,123,299. El memorando de solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de soporte forman parte integral del presente Acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la dependencia, dentro de los principales beneficios al comprometer recursos de la vigencia futura 2022, descritos en el cuadro anterior, se encuentran: 1. Beneficio social por el mantenimiento de las condiciones ambientales del territorio en términos de bienestar humano representado en servicios ecosistémicos de provisión, mantenimiento o mejoramiento del suelo, suministro de agua para los cultivos, agua potable, calidad del aire, entre otros; 2. Aprovechamiento sostenible de escenarios ecoturísticos de gran valor socioeconómico; 3. Se fortalece la gestión institucional y presupuestal, ya que se dará cumplimiento al principio de anualidad y de generación de ahorro en el proceso de contratación; 4. Se contribuye al cumplimiento de los objetivos de conservación planteados para cada una de las áreas protegidas y a aunar esfuerzos institucionales para la planificación de acciones en áreas protegidas y ecosistemas estratégicos que apunten a su preservación, conocimiento, uso sostenible y disfrute según atractivos naturales identificados.

Que con fundamento en el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la entidad, la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No. 21602651 de 2021, mediante el cual se hace constar que en el presupuesto de la vigencia 2021, existen recursos para amparar en la cuantía prevista para la presente vigencia, la contratación mencionada en el citado memorando, documento que forma parte integral del presente acuerdo.

Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la entidad, la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras y de viabilidad financiera en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo.

Que la Corporación, en el marco del proyecto 1 "RECUPERACIÓN Y

CONSERVACIÓN DE ÁREAS PROTEGIDAS, ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS

Y PÁRAMOS" perteneciente al Programa "3202-CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y SUS SERVICIOS ECOSISTÉMICOS", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PAC 2020-2023, ha previsto el proceso de contratación cuyo objeto es "Elaborar el componente de diagnóstico que será insumo para la formulación de los planes de manejo de las Reservas Forestales Protectoras Nacimiento Río Bogotá, Cuchilla El Choque, El Frailejonal y El Hortigal", con una proyección de 6 meses, contados a partir del mes de septiembre de 2021.

Que la Dirección de Gestión de Ordenamiento Ambiental y Territorial - DGOAT, para amparar la contratación a la que se refiere el considerando anterior, con memorando

20213052311 de 2021, presentó los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2021 como de la vigencia 2022, por valor de $475,133,085. El memorando de solicitud de autorización del cupo de las vigencias futuras y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle:

Que de acuerdo con la justificación técnica y económica presentada por la dependencia, dentro de los principales beneficios al comprometer recursos de la vigencia futura 2022, descritos en el cuadro anterior, se encuentran: 1. Mejoras en la gestión y ahorro en los procesos de contratación y ejecución; 2. Mejorar los procesos de planeación y gestión, para que a través de la realización del proceso contractual se pueda dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan de Acción Institucional; 3. Facilitar la ejecución del Plan de Acción Institucional a través de un ejercicio de planificación a largo plazo.

Que con fundamento en el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la entidad, la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No. 21602583 de 2021, mediante el cual se hace constar que en el presupuesto de la vigencia 2021, existen recursos para amparar en la cuantía prevista para la presente vigencia, la contratación mencionada en el citado memorando, documento que forma parte integral del presente acuerdo.

Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuestal de la entidad, la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras y de viabilidad financiera en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo.

Que la Corporación, en el marco del proyecto 2 "DIAGNÓSTICO, MONITOREO Y...

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