Acuerdo número 25 de 2017, por el cual se modifica el Acuerdo número 30 del 23 de diciembre de 2016, respecto afijar el valor de los Derechos Pecuniarios para los Servicios Académicos de especialización en técnica profesional que ofrecerá el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), durante la vigencia del 2017, derechos pecuniarios para diplomados - 12 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 695013973

Acuerdo número 25 de 2017, por el cual se modifica el Acuerdo número 30 del 23 de diciembre de 2016, respecto afijar el valor de los Derechos Pecuniarios para los Servicios Académicos de especialización en técnica profesional que ofrecerá el Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), durante la vigencia del 2017, derechos pecuniarios para diplomados

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Instituto Tolimense de Formación Tecnica Profesional
Número de Boletín50384

El Consejo Directivo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional (ITFIP), en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO:

· Que mediante el literal b) del artículo primero del Acuerdo número 20 (diciembre 14 de 2015), se reglamentó los derechos pecuniarios para la vigencia 2016 en cuanto a Formulario de Inscripción posgrado Especialización Técnica profesional, Derechos de Grado Colectivos posgrado Especialización Técnica Profesional y Derechos por ventanilla Especialización Técnica Profesional.

· Que el Consejo Directivo reglamentó mediante el Acuerdo número 30 de diciembre de 2016, los derechos pecuniarios para la vigencia 2017, y no incluyó los derechos pecuniarios para posgrado en la modalidad de Especialización Técnica profesional.

· Que el ITFIP ofertará la Especialización Técnica profesional en automatización electrónica.

· Que se hace necesario modificar el Acuerdo número 30 de diciembre 13 de 2016, en el sentido de adicionar los derechos pecuniarios relacionados con la oferta de la Especialización Técnica profesional en automatización electrónica.

· Que en sesión ordinaria del día 4 de septiembre de 2017, del consejo académico, mediante Acta número 016 analizó y avaló la estructura curricular para la oferta de diplomados en dos módulos como opción de grado para los niveles Técnico Profesional, Tecnológico y Profesional Universitario, donde el estudiante cancelará al inicio de cada uno el 50% del valor total del diplomado.

· Que revisados los derechos pecuniarios de otras instituciones del mismo nivel del ITFIP se puede apreciar que los valores a cobrar oscilan así:

· Que la Ley 749 de 2002, permite que las Instituciones técnicas y tecnológicas, cambien de carácter o se redefinan por ciclos propedéuticos para el ofrecimiento de programas Universitarios por esta modalidad.

· Que mediante Resolución número 1895 del 17 de abril de 2007, el ITFIP se redefi-nió para el ofrecimiento de programas por ciclos propedéuticos.

· Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

ACUERDA:

Artículo 1º Modificar el literal B del Artículo primero del Acuerdo número 30 del 13 de diciembre de 2016, el cual quedará así:

Artículo 1º. Fijar los valores correspondientes a los derechos mencionados en los considerandos...

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