Acuerdo número 25 de 2022, medio del cual se adopta el plan de manejo del Distrito Regional de Manejo Integrado Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Rio Magdalena - 15 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 916884200

Acuerdo número 25 de 2022, medio del cual se adopta el plan de manejo del Distrito Regional de Manejo Integrado Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Rio Magdalena

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Número de Boletín52249

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, (CAR) en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las establecidas en el artículo 27 (literal g) de la Ley 99 de 1993; el artículo 14 del Decreto 2372 de 2010, compilado en el artículo 2.2.2.1.2.5 del Decreto 1076 de 2015, y el artículo 24 (numeral 6º) del Acuerdo número 48 del 23 de febrero de 2021, expedido por la Asamblea Corporativa de la Corporación, y

CONSIDERANDO:

Que una de las áreas prioritarias para la conservación, es el Distrito Regional de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Río Magdalena, localizado en jurisdicción de los municipios de San Juan de Rioseco, Pulí, Beltrán, Jerusalén, Guataquí y Nariño, provincias del Magdalena Centro y Alto Magdalena en el departamento de Cundinamarca.

Que mediante el Acuerdo CAR 020 del 17 de julio de 2018, se declaró como Distrito Regional de Manejo Integrado de los recursos naturales renovables Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Río Magdalena, en una extensión de 36.126,93 hectáreas.

Que, a través de la Dirección de Gestión de Ordenamiento Ambiental y Territorial -DGOAT- de la CAR, se formuló el Plan de Manejo Ambiental para el Distrito Regional de Manejo Integrado de los recursos naturales renovables Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Río Magdalena, el cual consta de cuatro componentes:

  1. El componente de diagnóstico, el cual comprende los aspectos físicos, bióticos, sociales y ambientales del área declarada, y en el cual se establecieron los siguientes objetivos y objetos de conservación:

    1.8.1. Objetivos de conservación

    1. Proteger la ronda de los ríos Magdalena, Rioseco y Rioseco de las Palmas.

    2. Proteger las rondas de las quebradas afluentes y los humedales del Cinco y laguna La Barrigona.

    3. Restaurar coberturas del ecosistema Bosque Seco Tropical, con elfin de garantizar su efecto regulador y estabilizador del clima en el sector

    4. Restaurar la conectividad ecológica dentro del bosque seco tropical, con el fin de mantener el hábitat de especies amenazadas y de distribución restringida, asi como generar mayor integridad ecológica.

    5. Mantener los espacios naturales de la zona, como soporte para el desarrollo de sistemas sostenibles de producción, el disfrute y la valoración social de la naturaleza.

    6. Garantizar la oferta bienes y servicios ambientales esenciales para el bienestar humano, correspondientes a fauna, flora, paisajes y recurso hídrico, que ofrece el bioma de Bosque seco tropical.

    Acorde con los objetivos de conservación general, se precisan los objetivos de conservación específicos:

    1. a) Preservar y restaurar la condición natural de espacios que representan al ecosistema Rastrojo alto seco tropical (Ra-st) o combinaciones características de este.

    2. b) Preservar y restaurar la condición natural de espacios que representan al ecosistema Bosque secundario tropical o combinaciones características de este.,

    3. c) Preservar las poblaciones y los hábitats necesarios para la sobrevivencia de las especies, o conjuntos de especies silvestres que presentan condiciones particulares de especial interés, para la conservación de la biodiversidad del bosque seco tropical, con énfasis en aquellas de distribución restringida.

    4. d) Conservar la capacidad productiva del ecosistema de bosque seco, asi como la viabilidad de las poblaciones de especies silvestres, de manera que se garantice la oferta y aprovechamiento sostenible de los recursos biológicos.

    5. e) Mantener las coberturas naturales y aquellas en proceso de restablecimiento de su estado natural, asi como las condiciones ambientales necesarias para regular la oferta de bienes y servicios ambientales.

    6. f Proveer espacios naturales, aptos para el deleite, la recreación, la educación, el mejoramiento de la calidad ambientaly la valoración social de la naturaleza.

    7. g) Contribuir a la protección y recuperación del corredor biológico del rio Magdalena.

    1.7.2. Objetos de conservación

    1. Red hídrica superficial y subsuperficial: tributarios y nacimientos. 2. Espejo de agua de la laguna La Barrigona y el Humedal del Cinco 3. Especies amenazadas

    4. Estructura edáfica.

    5. Agroecosistema del bosque seco tropical".

    2. El componente de zonificación u ordenamiento, en el cual, se establecieron las respectivas zonas de acuerdo con los Decretos 2372 de 2010 y 1076 de 2015, con su respectivo régimen de usos, zonas que corresponden a:

    a) Zonas de protección: Dentro de esta zona se incluyen dos ecosistemas estratégicos: las áreas periféricas a los nacimientos de agua y cauces de ríos, quebradas, ciénagas y humedales en general, y las áreas de recarga de acuíferos.

    b) Zona de recuperación (zonas de recuperación de los recursos naturales para la preservación y zona de protección para los suelos rurales): Areas que han perdido sus condiciones primigenias y requieren actividades de recuperación para lograr su equilibrio natural.

    c) Zona de uso sostenible: (Corresponde a las zonas destinadas a las actividades humanas y que permiten el uso sostenible de los recursos de la zona.

    d) Zonas de uso público.

    3. Componente estratégico, donde incluyeron los programas y proyectos para cumplir con los objetivos estipulados en la declaratoria. En este componente se definieron las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de conservación, durante un determinado periodo de 5 a 10 años, y las prioridades identificadas en el componente de diagnóstico.

    Se encuentra estructurado en seis (6) programas y veinticinco (25) proyectos a ejecutar en los próximos diez. (10) años, buscando resolver las problemáticas y aprovechar las oportunidades.

    4. La cartografía temática del plan con su correspondiente formato Shape file.

    Que, durante el proceso de formulación del Plan de Manejo Ambiental se desarrollaron once (11) reuniones de socialización con las comunidades de los municipios del área de influencia del DML

    Que adicional a la socialización, mediante los oficios 20222016004, 20222016007, 20222016006, 20222016008, 20222016003 y 20222016005, del 23 de marzo de 2022, dirigidos a las alcaldías de San Juan de Rioseco, Pulí, Beltrán, Jerusalén, Guataquí y Nariño se remitió el plan de manejo para que cada una de las administraciones realizara la revisión, el análisis y pronunciamiento sobre el contenido y alcance de los componentes del plan.

    Que las observaciones y comentarios recibidos de las alcaldías fueron respondidas e igualmente incorporadas dentro del documento del plan de manejo las observaciones y comentarios.

    Que mediante el artículo 4º del Acuerdo CAR 020 del 20 del 17 de julio de 2018, estableció que el plan de manejo que será adoptado por el Consejo Directivo de la CAR, a lo cual se procede mediante el presente acto.

    Que con el fin de dar cumplimiento a la Resolución número 1565 de 22 de junio de 2017, mediante el memorando CAR 20223069766 del 8 de agosto de 2022, se solicitó a la Oficina Asesora de Comunicaciones - O AC, la publicación del proyecto de acuerdo “Por medio del cual se adopta el Plan de Manejo del Distrito de Regional de Manejo Integrado Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Río Magdalena”, en la página web de la Corporación, con el objetivo de recibir observaciones de la ciudadanía.

    Que no se recibieron observaciones de la ciudadanía, frente al proyecto de acuerdo “Por medio del cual se adopta el Plan de Manejo del Distrito de Regional de Manejo Integrado Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Río Magdalena”, publicado en la página web de la Corporación.

    Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Acuerdo CAR número 048 del 23 de febrero de 2021, por medio del cual se adopta la reforma de los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, siendo las 12:53 p. m. asumió como presidente de la sesión de Consejo Directivo llevada a cabo el día 19 de octubre de 2022 el doctor Julio César Pulido Puerto, Secretario de Despacho de la Secretaría Distrital de Ambiente, encargado mediante Decreto 451 del 14 de octubre de 2022, esto, con ocasión de la ausencia de la delegada de la Gobernación de Cundinamarca, doctora Nidia Clemencia Riaño Rincón.

    En mérito de lo expuesto, 1076 de 2015). Corresponde a las áreas cubiertas por vegetación secundaria o en transición,

    RESUELVE' bosque ripario, guadual y las rondas de los nacimientos y cursos de agua que se encuentran

    , al interior del las cuales ocupan 22.820.42, que equivalen al 63.22% del área de

    Artículo 1

    Gestión de Ordenamiento Ambiental y Territorial DGOAT para el Distrito de Regional

    de Manejo Integrado Bosque Seco Tropical de la Vertiente Oriental del Río Magdalena en Para ^a zona preservación, se determina el siguiente régimen de usos.

    jurisdicción de los municipios de San Juan de Rioseco...

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