Acuerdo número 341 de 2014, por el cual se aclaran los Acuerdos número 091 del 20 de diciembre de 2006 y el número 107 del 29 de marzo de 2007proferidos por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder) - 24 de Diciembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 550595658

Acuerdo número 341 de 2014, por el cual se aclaran los Acuerdos número 091 del 20 de diciembre de 2006 y el número 107 del 29 de marzo de 2007proferidos por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín49375

El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), en uso de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 13 del Decreto Reglamentario número 2164 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), expidió el Acuerdo número 091 de diciembre 20 de 2006, "por el cual se constituye como resguardo, en beneficio de la Comunidad Indígena Nasa Páez de Muse Ukwe, cinco (5) globos de terreno, conformados por nueve (9) predios adquiridos por la Corporación Nasa Kiwe e ingresados al Fondo Nacional Agrario, localizados en jurisdicción del municipio de Morales, departamento del Cauca";

Que en el precitado acuerdo en su artículo 1º, se señala una extensión de 354 hectáreas - 7.618 metros cuadrados, cuando en su lugar debió indicarse que el área es de 355 ha -5.617 m2, igualmente se cometieron errores involuntarios en la sumatoria de hectáreas de los cinco (5) globos de terreno que conforman el resguardo;

Que en el mismo acuerdo se consignó notificación al Procurador Ambiental y Agrario de Nariño, cuando a quien se debía notificar, y en efecto se notificó, fue al Procurador Ambiental y Agrario del Cauca. Del mismo modo, que el sitio donde se ubica la comunidad, es la subcuenca del río Pescado cuando el nombre correcto es subcuenca del río Pescador;

Que mediante Acuerdo número 107 del 29 de marzo de 2007, "por el cual se modifica el Acuerdo número 091 de diciembre 20 de 2006, mediante el cual se constituyó el Resguardo Indígena de Musse Ukue, localizado en jurisdicción del municipio de Morales, departamento del Cauca" , por solicitud fechada el 7 de febrero de 2007 por parte del Gobernador del Cabildo Indígena de Muse Ukwe, se intentaron corregir las imprecisiones contenidas en el Acuerdo número 091 de 2006 y relacionadas anteriormente;

Que verificados los documentos correspondientes, se encontró que el Acuerdo número 107 de marzo de 2007 aclaró parcialmente el Acuerdo número 091 de diciembre 20 de 2006, no obstante, tuvo un yerro aritmético indicando que el área correcta era 355 hectáreas - 5.615 m2, cuando son 355 hectáreas - 5.617 m2, es decir, 2 metros cuadrados de diferencia. Lo anterior, con base en el plano del Incoder Grupo SIG, con número de archivo 10-0-00109 de enero de 2005, levantado por Franky Chala T. P. número 01-10448 CPNT, Grupo SIG Incoder/Convenio número 103 de 2004 Incoder CECOIN. Del mismo modo, se omitió en el Acuerdo número 107 del 29 de marzo de 2007 relacionar la redacción técnica de linderos de los cinco (5) globos de terreno al momento de hacer la corrección de la sumatoria de hectáreas de los mismos. Por esta razón se procederá a hacer las aclaraciones pertinentes en este sentido;

Que mediante nota devolutiva del 15 de junio de 2012, la Oficina de Instrumentos Públicos de Popayán, departamento del Cauca, negó la inscripción de los acuerdos anteriores aduciendo que: "Falta mencionar los linderos de cada uno de los predios según el título de adquisición (Dto número 1250 de 1970)";

Que en virtud de la nota devolutiva la Oficina de Instrumentos Públicos de Popayán y considerando que resulta imprescindible dejar constancia de los límites prediales con base en los documentos que soportan la tradición, se hace necesario describir la redacción técnica de linderos de cada uno de los nueve (9) predios adquiridos por la Corporación Nasa Kiwe e ingresados al Fondo Nacional Agrario, localizados en jurisdicción del municipio de Morales y por ende, debe aclararse tal información omitida en el Acuerdo número 091 de 2006;

Que adicional a las solicitudes elevadas por la Oficina de Instrumentos Públicos de Popayán para efectos de registro, se aclara que el nombre de la Comunidad Indígena es "Muse Ukwe".

Toda vez que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), cuenta con las facultades legales y constitucionales para suscribir los Acuerdos para constitución, ampliación y/o reestructuración de resguardos, así mismo las tiene para aclarar los Acuerdos en los términos pertinentes.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder),

ACUERDA:

Artículo 1º Aclarar el Acuerdo número 091 de diciembre de 2006 y el número 107 del 29 de marzo de 2007 expedidos por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), indicando que el nombre de la Comunidad Indígena del Resguardo es "Muse Ukwe"y no como quedó consignado en los precitados acuerdos

De igual forma, respecto a lo relacionado con la sumatoria de áreas de los nueve (9) predios adquiridos por la Corporación Nasa Kiwe e ingresados al Fondo Nacional Agrario, localizados en jurisdicción del municipio de Morales, departamento del Cauca, corresponde aclarar que los mismos tienen un área total de 355 ha - 5.617 m2.

Artículo 2º Aclarar que la redacción técnica de linderos de cada uno de los nueve (9) predios adquiridos por la Corporación Nasa Kiwe e ingresados al Fondo Nacional Agrario, localizados en jurisdicción del municipio de Morales, departamento de Cauca, es del siguiente tenor:
  1. Predio La Carolina y San Antonio, adquirido por la Corporación Nasa Kiwe y entregado al Incora, mediante Escritura Pública número 5467 de diciembre 15 de 1997 de la Notaría Segunda de Popayán, inscrito al Folio de Matrícula Inmobiliaria número 120107424 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Popayán, con un área de 93 hectáreas, 3.875 metros cuadrados, según plano de octubre de 1995, levantado por la Corporación Nasa Kiwe y recibido mediante acta de julio 7 de 2000. (Folios 221 a 229).

    El predio fue transferido por Incora en Liquidación a Incoder, con Resolución número 00331 de marzo 9 de 2005 y registrada bajo el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 120-107424 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Popayán, departamento del Cauca. (Folios: 269 a 272) (Acuerdo número 091 de diciembre de 2006).

    Linderos técnicos de acuerdo con la Escritura Pública número 5467 de diciembre 15 de 1997 de la Notaría Segunda de Popayán: Se tomó como punto de partida el lugar donde concurren las colindancias de Jorge González, Félix Pillimué y el propietario; colinda así: Norte. Del Punto número 46 al Punto número 50, sobre una distancia de 285 metros, en colindancia con Félix Pillumué. Del Punto número 50 al Punto número 62 en distancia de 525 metros, en colindancia con Dennis Morales, quebrada al medio, Este. Del Punto número 62 hasta el Punto número 66 en distancia de 210 metros, en colindancia con propiedad de Célimo Chacón, quebrada al medio. Del Punto número 66 hasta el Punto número 74, quebrada al medio, en distancia de 355 metros, con propiedad de Joaquín Flor. Del Punto número 74 hasta el Punto número 91, de aquí el Punto número 101 y de este hasta el Punto número 11, en distancia total de 1178 metros, quebrada al medio, con propiedad de la Familia Moreno. Sur. Del Punto número 111 hasta el Punto número 117, cañada al medio, en distancia de 423 metros, en colindancia con la propiedad de Jesús Jojoa. Del Punto número 117 hasta el Punto número 119, Punto número 130 y de este hasta el Punto número 135, carretera Morales- Suárez, en distancia de 333 metros. Del Punto número 135 al Punto número 140, en colindancia con Joaquina Quijano, en una distancia de 176 metros, cerca de alambre al medio; del Punto número 140, al Punto número 144, en colindancia con la misma Joaquina Quijano, en una distancia de 141 m, quebrada al medio; del Punto número 144, pasando por los Puntos números 151, 152, 153, 154 hasta el Punto número 155, colindando con la misma Joaquina Quijano, en una distancia de 267 metros, cerca de alambre al medio. Del Punto número 155 al Punto número 160, colinda en una distancia de 265 metros, con la carretera Morales-Suárez. Oeste. Del Punto número 160 ubicado en la vía Morales-Suárez, al Punto número 165, en colindancia con Jorge González, en una distancia de 164 metros, cerca de alambre al medio. Del Punto número 165...

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