Acuerdo número 510 de 2023, por el cual se reglamenta el procedimiento interno para la elección y designación del Director(a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS), para el período institucional del 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027 - 10 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 950529624

Acuerdo número 510 de 2023, por el cual se reglamenta el procedimiento interno para la elección y designación del Director(a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge (CVS), para el período institucional del 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge
Número de Boletín52544

El Consejo Directivo de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las conferidas en los artículos 27 literal j) y 28 de la Ley 99 de 1993, modificado por el artículo 1º de la Ley 1263 de 2008 y el artículo 34 literal j) de los Estatutos Corporativos, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 1437 de 2011, el artículo 2.2.8.4.1.21 e inciso 2º. del artículo 2.2.8.4.1.22 del Decreto número 1076 de 2015, y artículos 2.2.2.3.1 al 2.2.2.3.8. del Capítulo 3 del Título 2 del Decreto número 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 23 de la Ley 99 de 1993 define la naturaleza jurídica de las Corporaciones Autónomas Regionales, como "entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las disposiciones legales y las políticas del Ministerio del Medio Ambiente" hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Que el artículo 24 de la Ley 99 de 1993 define los órganos de administración y dirección de las Corporaciones, a saber: la Asamblea Corporativa, el Consejo Directivo, y el Director General.

Que el artículo 27 literal j de la Ley 99 de 1993 define dentro de las funciones del Consejo Directivo la de nombrar al Director General de la Corporación.

Que el artículo 1º de la Ley 1263 de 2008, modificatorio del artículo 28 de la Ley 99 de 1993, establece: "El Director General será el representante legal de la Corporación y su primera autoridad ejecutiva. Será designado por el Consejo Directivo para un período de cuatro (4) años, contados a partir del 1º de enero de 2012, y podrá ser reelegido por una sola vez".

Que igualmente, el parágrafo 2º del artículo 1º de la mencionada Ley 1263 de 2008, determina que "El proceso de elección de los directores de las Corporaciones Autónomas Regionales o de desarrollo sostenible, deberá realizarlo el Consejo Directivo en el trimestre inmediatamente anterior al inicio del periodo institucional respectivo".

Que el artículo 2.2.8.4.1.21 y el inciso 2º. del artículo 2.2.8.4.1.22 del Decreto número 1076 de 2015, por medio cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, señalan respectivamente cuáles son los requisitos para ser nombrado Director General de una Corporación Autónoma Regional o de Desarrollo Sostenible y la facultad nominadora para la realización de dicho nombramiento.

Que los artículos 2.2.2.3.1 al 2.2.2.3.8. del Capítulo 3, del Título 2 del Decreto número 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública regula los factores y estudios que se tendrán en cuenta para determinar los requisitos generales aplicables a los cargos públicos en relación con la educación formal, la formación para el trabajo y desarrollo humano y la experiencia, que son aplicables para evaluar los requisitos exigidos para ocupar el cargo de director general de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible.

Que los Estatutos de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, adoptados mediante Acuerdo de Asamblea Corporativa número 06 del 30 de noviembre de 2016, en los artículos 50 y subsiguientes del Título III, regulan lo concerniente al cargo y al procedimiento de elección del director(a) general de la Corporación.

Que en particular el artículo 52 del Acuerdo de la Asamblea Corporativa número 06 del 30 de noviembre de 2016 sobre el procedimiento para la selección de los candidatos al cargo de Director General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, dispone que el Director General de la Corporación será designado por el Consejo Directivo para el periodo que determine la ley, conforme a las normas y procedimientos establecidos en la misma.

Que con fundamento en las disposiciones señaladas y la facultad nominadora del Consejo Directivo y a efectos de garantizar el cumplimiento de los principios de moralidad, igualdad, eficacia, economía, imparcialidad, transparencia y publicidad de la función administrativa, se requiere mediante el presente acuerdo, ordenar y reglamentar el procedimiento interno para la selección, elección y designación del Director(a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, para el periodo institucional del 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027.

Que, de conformidad con lo expuesto,

ACUERDA:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

Disposiciones Generales

Artículo 1º Marco normativo aplicable.

Al procedimiento de elección del Director (a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, para el período institucional 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027, le serán aplicables las disposiciones contempladas en el artículo 209 de la Constitución Política y artículo 3º de la Ley 1437 de 2011 sobre principios de la función administrativa, artículo 27 literal j) y artículo 28 de la Ley 99 de 1993, artículo 1º de la Ley 1263 de 2008, el artículo 2.2.8.4.1.21 y el inciso 2º. del artículo 2.2.8.4.1.22 del Decreto número 1076 de 2015, el Título 2 del Capítulo 3 del Decreto número 1083 de 2015, o las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, y los artículos 51 y subsiguientes de los Estatutos de la Corporación adoptados mediante Acuerdo de Asamblea Corporativa número 06 del 30 de noviembre de 2016.

Artículo 2º Publicidad del procedimiento.

En desarrollo del principio de publicidad, todos los actos y decisiones que corresponda al proceso para la selección, elección y designación del Director (a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, para el periodo institucional 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027 se publicarán en la página web de la Corporación, en el enlace que se denominará: Proceso de Elección del Director(a) General 2024-2027, que será el medio oficial de publicación.

La CVS habilitará el correo elecciondirector@ventanillacvs.com en aras de garantizar canales en línea que permita la recepción únicamente de denuncias que presente la ciudadanía por posibles irregularidades en el proceso.

Artículo 3º Acompañamiento entes de control.

El Consejo Directivo, de conformidad con la Directiva 012 del 07 de septiembre de 2023 y Auto número 024 del 8 de septiembre de 2023, ambos de la Procuraduría General de la Nación, invitará a la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 3 para Asuntos Ambientales Minero Energéticos y Agrarios y Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria para el acompañamiento en el proceso de elección de qué trata el presente Acuerdo.

Artículo 4º Cronograma del proceso de selección y designación del director.

El procedimiento para la elección del Director (a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, que por medio del presente acuerdo se reglamenta, se regirá por las actividades y fechas establecidas en el cronograma anexo, el cual hace parte integral del presente acuerdo.

Artículo 5º Convocatoria a sesiones del consejo directivo.

Para efectos del proceso de elección del Director(a) General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, para el período institucional 1º de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2027, los miembros del Consejo Directivo quedan convocados para asistir a las sesiones establecidas en el cronograma que hace parte integral del presente acuerdo, en las fechas y horas allí previstas, en la modalidad presencial en la sede principal de la Corporación ubicada en la Carrera 6 # 61-25, Barrio los Bongos de la...

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