Acuerdo número 64 de 2021, por el cual se autoriza al Representante Legal del ICETEX a adquirir compromisos que afecten vigencias futuras para la suscripción de un acuerdo estratégico de cooperación interinstitucional para la estructuración e implementación de un programa de preparación para el tránsito a la vida productiva de los Usuarios ICETEX - 17 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879397277

Acuerdo número 64 de 2021, por el cual se autoriza al Representante Legal del ICETEX a adquirir compromisos que afecten vigencias futuras para la suscripción de un acuerdo estratégico de cooperación interinstitucional para la estructuración e implementación de un programa de preparación para el tránsito a la vida productiva de los Usuarios ICETEX

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín51891

La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las otorgadas por la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, el Decreto Reglamentario 1050 del 6 de abril de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, modificó la naturaleza jurídica del Icetex al transformarlo de un Establecimiento Público a una Entidad Financiera de Naturaleza Especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que, el numeral 15 del artículo del Decreto 1050 de 2006, señala como funciones de la Junta Directiva la de "aprobar y modificar el Estatuto de Presupuesto del Icetex, como Entidad financiera de naturaleza especial".

Que, la Junta Directiva del Icetex aprobó el Estatuto de Presupuesto de la Entidad mediante Acuerdo 029 de 2019, de acuerdo con las facultades establecidas por el Decreto 1050 de 2006.

Que, el artículo 22 del Acuerdo 029 de 2019, señala que cuando sea necesario asumir compromisos que cubran varias vigencias fiscales, se deberá obtener previamente la autorización de vigencias futuras por parte de la Junta Directiva.

Que, el citado artículo establece dos condiciones para que la Junta Directiva emita la autorización que se requiere para asumir compromisos que cubran varias vigencias fiscales: i) Presentar la respectiva justificación técnico-económica del área solicitante y, ii) Presentar el certificado de disponibilidad presupuestal de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Para el caso particular, se cuenta con el CDP con número EF-2021-889 de fecha 24 de noviembre de 2021 para la vigencia 2021, que apalanca la vigencia futura 2022, en ese sentido, se presenta la respectiva justificación técnico económica del área solicitante y el certificado de disponibilidad presupuestal de los recursos de la vigencia 2021, expedido por el Coordinador de Presupuesto de la Vicepresidencia Financiera.

Que, la Entidad, en el marco de su proceso de transformación y fortalecimiento integral y...

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