Acuerdo número 53 de 2007, por el cual se modifica el artículo 17 del Acuerdo 1 de 2006
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 46722 |
El Consejo Superior, en cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 131 de la Constitucion Politica, el Decreto-ley 960 de 1970, la Ley 588 de 2000, el Decreto 3454 de 2006, el Decreto 926 de 2007, la Sentencia C-421 de 2006 proferida por la Corte Constitucional y en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el articulo 165 del Decreto 960 de 1970, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el articulo 17 del Acuerdo 1 del 2006, la convocatoria a presentar entrevista debe hacerse en los plazos y fechas señaladas en el cronograma y en misma publicacion de las calificaciones asignadas en la prueba de conocimientos, incluyendo fecha, hora y lugar de la entrevista;
Que debido a la imposibilidad para determinar en este momento el lugar, la fecha y hora donde se celebraran las entrevistas, se considera necesario ampliar el cronograma actividades, en lo que se relaciona con la publicacion de la citatoria a entrevista, cual ya no se realizara el 19 de agosto del año en curso, sino el 20 de septiembre siguiente;
Que con sujecion al cronograma del concurso aprobado en Acuerdo 3 de 2007, la publicacion de las calificaciones obtenidas durante la prueba de conocimientos y la citacion de entrevista debe efectuarse el proximo 19 de agosto;
Que evaluado el numero de entrevistas que deben realizarse, de acuerdo con el informe presentado por la Universidad de Pamplona, las cuales ascienden a 2.368 y en atencion a la complejidad de esa tarea, se considera necesario estudiar con detalle la metodologia que se va a emplear para esas entrevistas y eventualmente la ampliacion del plazo para la realizacion de las mismas, actualmente determinado a partir del 8 de octubre segun el cronograma acordado por el mencionado Acuerdo 3;
Que para el efecto, el Consejo Superior ha solicitado a la Universidad de Pamplona, operadora logistica del concurso, la asesoria necesaria a fin de determinar la programacion de dichas entrevistas. Hasta tanto no se tenga esa programacion no es posible definir la citacion, ni el lugar, la fecha, ni la hora en que se va a realizar la entrevista;
Que por todo lo anterior es necesario modificar el articulo 17 de...
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