Acuerdo número oí de 2016, por el cual se adopta elReglamentoInterno del Subcomité Sectorial de DefensaJurídica del Estado del Sector Defensa - 6 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 644811437

Acuerdo número oí de 2016, por el cual se adopta elReglamentoInterno del Subcomité Sectorial de DefensaJurídica del Estado del Sector Defensa

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49926

El Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Estado del Sector Defensa, en ejercicio de sus facultades conferidas en el artículo 3º numeral 6 de la Resolución número 8846 del 30 de septiembre de 2015, en concordancia con lo dispuesto en la Circular Conjunta número 1 de fecha 24 de agosto de 2015, proferida por el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y CONSIDERANDO:

Que el Subcomité Sectorial del Sector Defensa es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y estructuración de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de las entidades del sector, a través de trabajo en equipo, de forma coordinada, con transparencia de información y en pro del cumplimiento de los intereses generales contemplados en el artículo 209 Constitucional.

Que mediante Resolución número 8846 del 30 de septiembre de 2015, expedida por el Ministerio de Defensa Nacional, se creó el Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector Defensa.

Que se hace necesario expedir un reglamento conforme a la estructura del subcomité, con el objeto de garantizar el normal funcionamiento y deliberaciones del citado cuerpo colegiado.

En mérito de lo expuesto, los integrantes del Subcomité Sectorial del Sector Defensa, acuerdan expedir el siguiente reglamento interno:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 5
Artículo 1º Principios rectores.

Los integrantes del Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector Defensa, y los servidores públicos y/o acompañantes que intervengan en sus sesiones, en calidad de invitados, actuarán conforme a los principios que rigen la administración pública, contemplados en el artículo 209 Superior, y los principios de coordinación, trabajo en equipo, transparencia de la información y asistencia entre sus integrantes, teniendo como propósito fundamental proteger los intereses y el patrimonio público de las entidades del Sector Defensa.

Artículo 2º Funciones del Subcomité Sectorial de DefensaJurídica del Sector Defensa.

Son funciones del Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector Defensa, las siguientes:

  1. Coordinar las políticas y determinar lineamientos para la adecuada gestión del ciclo de defensa jurídica, aplicables a todas las entidades y organismos que integran el Sector Administrativo de Defensa, en materias de: prevención del daño antijurídico, estrategias prejudiciales y de defensa judicial, cumplimiento de sentencias y conciliaciones y recuperación de dineros públicos del Sector Defensa, como consecuencia de fallos condenatorios contra el Estado. Lo anterior sin perjuicio de las competencias de cada una de las entidades que intervienen en el Subcomité e incluso el Comité de Conciliación de las entidades integrantes.

  2. Estudiar, coordinar y estructurar estrategias de defensa judicial y lineamientos para el uso de mecanismos de solución de conflictos y fomentar su uso.

  3. Coordinar la defensa jurídica de la Nación, cuando varias entidades del sector administrativo sean demandadas, tengan intereses, o de las que requieran insumos para la sustentación de la defensa en un mismo proceso y determinar, según la naturaleza del derecho debatido y/o la situación jurídica planteada, la entidad que liderará la estrategia de representaciónjudicial y extrajudicial del grupo de entidades demandadas.

  4. Impartir lincamientos para que las funciones a cargo de los comités de conciliación de las entidades pertenecientes al sector administrativo se desarrollen de manera articulada.

  5. Analizar y evaluar los asuntos de defensa jurídica de especial impacto o relevancia para el Sector Administrativo de Defensa e impartir los lincamientos respectivos.

  6. Las demás funciones afinesy complementarias, necesarias para cumplir con el objetivo.

Artículo 3º Integrantes, e invitados permanentes u ocasionales, del Subcomité Sectorial de Defensa Jurídica del Sector Defensa. Son integrantes del Subcomité, los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR