ACUERDO 502 RD 5006
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5006 16 NOVIEMBRE 2012 |
Emisor | Concejo de Bogota D.c. |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 5006 • pP. 1-3 • 2012 • NOVIEMBRE • 16
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Noviembre 14 de 2012.
Acuerdo Número 502
(Noviembre 14 de 2012)
“Por medio del cual se crean los Planes Integra-
les de Convivencia y Seguridad Escolar - PICSE
y se dictan otras disposiciones”.
El CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en
especial las conferidas en el numeral 1° del Decreto
Ley 1421 de 1993 y en el artículo 313 de la Constitu-
ción Política
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Los Planes Integrales de
Convivencia y Seguridad Escolar - PICSE son las he-
rramientas de planeación y gestión de las instituciones
educativas distritales en materia de la seguridad esco-
lar y convivencia estudiantil en Bogotá, D.C., los cuales
tendrán como objetivo principal prevenir los problemas
de seguridad y de convivencia de los estudiantes al
interior y en los entornos de los centros educativos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Cada institución educativa
distrital formulará su PICSE coordinado por los comités
de convivencia que se constituyeron en el Acuerdo Dis-
trital 04 de 2000, mediante un proceso de participación
en el que se vincula a toda la comunidad educativa
de cada institución, con el acompañamiento de la Se-
cretaría Distrital de Gobierno, Secretaría Distrital de
Educación y las entidades distritales y locales que se
consideren pertinentes, según el contexto situacional
de cada institución educativa.
ARTÍCULO TERCERO.- Los PICSE establecidos por
cada institución educativa tendrán en cuenta todos los
aspectos problemáticos del interior y de los entornos
de los centros educativos, que inuyan en la seguridad
y convivencia escolar según el contexto de cada loca-
lidad y de cada colegio, articulándose al Plan Integral
de Seguridad Escolar del Distrito Capital, establecido
en el Acuerdo 173 de 2005 y del Programa de Caminos
Seguros al Colegio, consagrado como política pública
en el Acuerdo 449 de 2010.
ARTÍCULO CUARTO.- Los PICSE de cada institución
educativa distrital promoverán para toda la comunidad
educativa las prácticas de convivencia y las condi-
ciones de seguridad, entre múltiples estrategias las
siguientes:
• Protección escolar para la convivencia y seguridad
escolar.
• Formación ciudadana.
• Procesos de información y comunicación.
• Ejercicios de investigación social para temas de
seguridad y convivencia escolar.
• Acciones culturales, deportivas y lúdicas.
• Sistemas de seguridad.
• Procesos de participación y solidaridad.
• Atención conjunta y articulada con entidades
pertinentes.
• Orientación escolar.
• Entornos bajo un modelo integral de seguridad.
ARTÍCULO QUINTO.- Los PICSE serán como un
insumo en la formulación de los planes integrales de
seguridad locales.
ARTÍCULO SEXTO.- Los resultados de los PICSE de
cada institución educativa serán instrumento vinculante
para el Sistema Distrital de Seguridad Escolar y el
Observatorio de Convivencia Escolar, de tal manera
que las políticas distritales en la materia, cuenten con
mayor efectividad y pertinencia.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- El presente Acuerdo rige a
partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Noviembre 14 de 2012.
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