ACUERDO 356 RD 4127 - 30 de Diciembre de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445785498

ACUERDO 356 RD 4127

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4127 30 DICIEMBRE 2008
EmisorConcejo de Bogota D.c.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4127 • pP. 1-1 • 2008 • DICIEMBRE 30
ACUERDO DE 2008
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 43
Número 4127
2008
DICIEMBRE 30
CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
(Diciembre 29 de 2008)
“Por medio del cual se adoptan medidas para el
cobro de estacionamiento de vehículos fuera de
vía y se dictan otras disposiciones”
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, especialmente por las conferidas por
el Decreto Ley 1421 de 1993, artículos 7, 8 y 12
numerales 1 y 18
ACUERDA:
Artículo 1.- Del cobro de los estacionamientos.
Únicamente se podrá cobrar la tarifa fuera de vía auto-
rizada por el Gobierno Distrital, teniendo en cuenta las
características particulares de cada estacionamiento,
la cual deberá permanecer expuesta a la vista de los
usuarios. En todo caso, la liquidación de la tarifa fuera
de vía, se cobrará por minutos.
Artículo 2.- Componentes y Tope Máximo de las
tarifas. Las Secretarías de Movilidad y Planeación
Distrital, tendrán un plazo hasta de seis meses, para
de nir mediante Decreto, los topes máximos de la tarifa
en los estacionamientos fuera de vía, teniendo como
tope máximo el establecido en el Decreto Distrital
019 de enero de 2008 y los decretos reglamentarios
que lo modi quen aplicando siempre los siguientes
componentes así:
FACTORES DE CÁLCULO DE LA TARIFA DE COBRO POR MINUTO
VMPM = CMPM * FDZ *FTV* FNS
PARAMETRO DEFINICIÓN
VMPM Valor Máximo Por Minuto: Es el valor máximo que puede cobrarse por minuto en el esta-
cionamiento
CMPM Costo Máximo Por Minuto: Es el costo máximo autorizado por minuto.
FDZ
Factor de Demanda Zonal: Es el factor de demanda por la ubicación del estacionamiento
dependiendo de la zona en la cual se encuentra ubicado.
Este factor de demanda será de nido por la Secretaría Distrital de Planeación y uctuará
entre 0.5 y 1.0, calculado a partir de las Zonas Normativas por Demanda de Estaciona-
miento de nidas en el POT (Decreto 190 de 2004), área de actividad en la que se localiza
y estrato del sector.
FTV
Factor por Tipo de Vehículo: Factor que uctuará, entre 0.1 y 1.0., el cual se ajustará
al cobro por el tipo de vehículo que sea estacionado. (Buses, camiones, busetas, autos,
camionetas, motocicletas y bicicletas)

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