ACUERDO 016 RD 3417 - 12 de Octubre de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447986278

ACUERDO 016 RD 3417

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3417 12 OCTUBRE 2005
EmisorHospital Occidente de Kennedy Iii Nivel
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3417 • pP. 1-14 • 2005 • OCTUBRE 12
14
dente de Kennedy III Nivel Empresa social del Estado,
para incorporar a los funcionarios, a los empleos de la
planta semiglobal que se establece mediante el pre-
sente Acuerdo.
ARTICULO 5o. El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su expedición y deroga las disposiciones que
le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de
septiembre de 2005
JORGE CASTAÑEDA MONROY
Presidente Junta Directiva Hospital Occidente de Kennedy
- III Nivel del Empresa Social del Estado
Acuerdo Número 016
(Octubre 5 de 2005)
Por medio del cual se modifica parcialmente el
Estatuto de Contratación del Hospital Occidente
de Kennedy ESE III Nivel.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL OCCIDEN-
TE DE KENNEDY EMPRESA SOCIAL DEL ESTA-
DO III NIVEL DE ATENCIÓN,
en ejercicio de las facultades legales otorgadas
por el Acuerdo 17 de 1997 del Concejo de Bogota
y por los Estatutos del Hospital ( Acuerdo 089 de
1998 de la Junta Directiva del Hospital Occidente
de Kennedy).
CONSIDERANDO:
Que el Hospital Occidente de Kennedy, Empresa So-
cial del Estado, III nivel de atención, tiene por objeto la
prestación de servicios de salud, entendido como un
servicio publico a cargo del Estado y como parte inte-
grante del Sistema de Seguridad Social de Salud, acorde
con lo consagrado en la Ley 100 de 1993. el decreto
1876 de 1994, el acuerdo 17 de 1997 emanado del
Concejo de Bogota y en los estatutos de la Empresa.
Que para el cumplimiento de su objeto social, El hos-
pital debe garantizar el suministro oportuno de todos
los insumos y servicios necesarios para la prestación
del servicio de salud.
Que de conformidad con el articulo 195 de la Ley 100
de 1993, el Decreto 1876 de 1994, el Acuerdo 17 de
1997 emanado del Concejo de Santa fe de Bogota y
los estatutos de la Empresa, adoptados por el Acuer-
do 089 de 1998 de la Junta Directiva en materia con-
tractual las Empresas Sociales del Estado se rigen
por las normas del derecho privado, sujentadose a la
jurisdicción ordinaria conforme a las normas sobre la
materia.
Que en la actualidad el Hospital Occidente de Kennedy
E.S.E cuenta con un reglamento de contratación, adop-
tado a través del Acuerdo 024 de 2003 de la Junta
Directiva, el cual se hace necesario modificar en algu-
nos de sus artículos, con el fin de establecer los me-
canismos necesarios para que la gestión administrati-
va contractual se adelante con agilidad y eficiencia
enmarcada dentro de los principios que rigen las ac-
tuaciones administrativas, de conformidad con lo pre-
Que dentro de las funciones de la Junta Directiva del
Hospital Occidente de Kennedy y conforme lo estable-
cido en el artículo 15 numeral J, del acuerdo 089 de
1998 que son los estatutos del Hospital, se establece
que son funciones de la junta Directiva del hospital: J.
Determinar el monto máximo hasta el cual podrá el
Gerente comprometer la Empresa Social del estado a
través de la celebración y suscripción de los contratos
mediante los cuales la Empresa Social del Estado ad-
quiere bienes y servicios.
Que la entidad ha experimentado un crecimiento en el
presupuesto, y requiere ajustar las cuantías de contra-
tación de acuerdo a lo existente para otras institucio-
nes de salud de III Nivel del Distrito Capital, y de esta
forma poder ejercer la competitividad expresada en la
Ley 100 de 1993 y poder hacer amplias contratacio-
nes aplicando normas de derecho privado pudiendo
beneficiarse de economías de escala.
En merito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquese el artículo 16 del
acuerdo 24 de 2003, Estatuto de Contratación del Hos-
pital Occidente de Kennedy ESE III Nivel, el cual que-
dara así:
Articulo 16. FORMAS DE CONTRATACION DEL HOS-
PITAL OCCIDENTE DE KENNEDY III NIVEL EMPRE-
SA SOCIAL DEL ESTADO. Conforme las cuantías y
circunstancias que se señalan en este capitulo, EL
HOSPITAL OCCIDENTE DE KENNEDY III NIVEL
EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO podrá contratar
según las siguientes formas de contratación:
1. Contratación Directa de 0 hasta 3000 salarios mí-
nimos mensuales legales vigentes.

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