ACUERDO 250 RD 3656 - 22 de Noviembre de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447997118

ACUERDO 250 RD 3656

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3656 22 NOVIEMBRE 2006
EmisorConcejo de Bogota D.c.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3656 • pP. 1-6 • 2006 • NOVIEMBRE 22
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1.2.1. Santuario Distrital de Fauna y Flora.
1.2.2. Área Forestal Distrital.
1.2.3. Parque Ecológico Distrital.
2. Parques urbanos
2.1. Parques de escala Metropolitana.
2.2. Parques de escala Zonal.
3. Corredores ecológicos
3.1. Corredor ecológico de ronda
3.2. Corredor ecológico vial
3.3. Corredor ecológico de borde
3.4. Corredor ecológico Regional
4. Área de Manejo Especial del Río Bogotá.
4.1. Ronda Hidráulica del Río Bogotá.
4.2. Zona de Manejo y Preservación del Río Bogotá
Los componentes de la Estructura Ecológica Principal
se señalan en los planos denominados “Estructura
Ecológica Principal: Distrito Capital” y “Estructura
Ecológica Principal: Suelo Urbano”, de la cartografía
oficial del Decreto 190 de 2004.
Parágrafo: Todas las áreas de la Estructura Ecológica
Principal en cualquiera de sus componentes constitu-
yen suelo de protección, con excepción de los Corre-
dores Ecológicos Viales que se rigen por las normas
del sistema de movilidad.
Artículo 6º. Vigencia. El presente Acuerdo rige a par-
tir de la fecha de su publicación y deroga las normas
que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTONIO GALÁN SARMIENTO
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Noviembre 22 de 2006.
(Noviembre 22 de 2006)
“Por medio del cual el Distrito Capital rinde
homenaje al Deporte Paralímpico y a quienes lo
practican”.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones constitucionales y
legales, especialmente las conferidas en el
numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de
1993,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o.- Declárase el último domingo del mes
de octubre de cada año, como el Día Distrital del De-
porte Paralímpico.
ARTÍCULO 2o.- La Administración Distrital adoptará
las medidas necesarias para la celebración de activi-
dades deportivas para la población discapacitada du-
rante ese día, para lo cual garantizará la participación
ciudadana de quienes practican y promueven el depor-
te paralímpico.
ARTÍCULO 3o.- El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTONIO GALÁN SARMIENTO
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Noviembre 22 de 2006.
(Noviembre 22 2006)
“Por el cual se modifica el artículo 13 del
Acuerdo 20 de 1995”.
EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales

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