ACUERDO 233 RD 3568 - 5 de Julio de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447997238

ACUERDO 233 RD 3568

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3568 5 JULIO 2006
EmisorConcejo de Bogota D.c.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3568 • pP. 1-6 • 2006 • JUlio 5
6
Bajo la coordinación de la Secretaría de Gobierno, quien
definirá las políticas y los procedimientos de divulga-
ción, las entidades que conforman el Sistema Integral
de Seguridad y Emergencias NUSE 123 del Distrito
Capital financiarán de conformidad con su disponibili-
dad presupuestal, la estrategia de divulgación a través
de los medios de comunicación masivos.
ARTÍCULO 6.- FINANCIACION Y SOSTENIMIENTO
DEL SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD Y EMER-
GENCIAS NUSE 123. Las entidades respectivas asu-
mirán con cargo a su presupuesto el sostenimiento del
Sistema Integral de Seguridad y Emergencias NUSE
123 del Distrito Capital.
ARTÍCULO 7.- VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a
partir de la fecha de su promulgación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTONIO GALÁN SARMIENTO
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Junio 29 de 2006.
Acuerdo Número 233
(Junio 29 de 2006)
“Por el cual se establece la Red de Apoyo y
Solidaridad Ciudadana en el Distrito Capital y se
dictan otras disposiciones”.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de las atribuciones constitucionales y
legales y en especial las conferidas en los nume-
rales 1 y 23 del Articulo 12 del Decreto Ley 1421
de 1993,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º.- Establecer en el Distrito Capital la Red
de Apoyo y Solidaridad Ciudadana, como un instru-
mento de participación, para proveer información ve-
raz y oportuna que permita prevenir y contrarrestar
hechos delictivos y de violencia o cualquier otra situa-
ción que ponga en peligro la vida y la integridad de la
ciudadanía, así como responder a situaciones que al-
teren o puedan alterar la seguridad y/o la convivencia
ciudadana.
ARTÍCULO 2º.- Se entiende por Red de Apoyo y Soli-
daridad Ciudadana, la organización social dirigida a este
propósito y el sistema de comunicaciones integrado
por entidades públicas o privadas, coordinado por la
Policía Metropolitana de Bogotá y que alimenta al Sis-
tema del Número Único de Seguridad y Emergencias -
NUSE 123.
PARÁGRAFO: Los miembros de la Red de Apoyo y
Solidaridad Ciudadana del Distrito Capital, no están
obligados a efectuar aportes económicos. Los aportes
voluntarios en dinero o en especie, serán efectuados
al Fondo de Vigilancia y Seguridad de Bogotá con des-
tino exclusivo al funcionamiento de la Red, sin perjui-
cio de los recursos que para el mismo fin aporta esta
entidad.
ARTÍCULO 3º.- La Red de Apoyo y Solidaridad Ciuda-
dana contará con un Comité de seguimiento y evalua-
ción, coordinado por la Policía Metropolitana de Bogo-
tá, que deberá sugerir las acciones necesarias para el
fortalecimiento de la Red, evaluar periódicamente su
sistema de operación y funcionamiento, impulsar el
mejoramiento de la infraestructura tecnológica y propi-
ciar la vinculación y colaboración de la ciudadanía.
ARTÍCULO 4º.- El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTONIO GALÁN SARMIENTO
Presidente
ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.
Junio 29 de 2006.
(Junio 29 de 2006)
“Por medio del cual se establecen ferias locales y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR