ACUERDO 0014 RD 3109 - 1 de Junio de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448649686

ACUERDO 0014 RD 3109

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3109 1 JUNIO 2004
EmisorHospital Occidente de Kennedy Iii Nivel
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3109 • pP. 1-15 • 2004 JUNIO 1 1515
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ACUERDO DE 2004
HOSPITAL OCCIDENTE DE KENNEDY III NIVEL EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO
Acuerdo Número 0014
(Mayo 31 de 2004)
Por medio del cual se suprime el literal d del
Articulo 43 y se adiciona un parágrafo al Artículo 43
del Acuerdo 0024 del 5 de noviembre de 2003.
LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL OCCIDENTE
DE KENNEDY III NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL
ESTADO
En ejercicio de las facultades conferidas por los
numerales 8 y 10 del Acuerdo 17 de 1997 emitido
por el Concejo de Bogotá, y el artículo 15 literal h
del Acuerdo 0089 del 14 de Julio de 1998, por
medio del cual la Junta Directiva aprobó los estatu-
tos, y de conformidad con lo dispuesto en el
numeral 6 del Artículo 195 de la Ley 100 de 1993 y
sus decretos reglamentarios.
CONSIDERANDO :
lombia, establece que la función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publici-
dad.
Que por Acuerdo No. 017 de 1.997, el Concejo Distrital
de Santa Fe de Bogotá, D.C. transformó el HOSPITAL
OCCIDENTE DE KENNEDY III NIVEL en EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO cumpliendo lo establecido en
la Ley 100 de 1993, en una Entidad con Categoría Es-
pecial Descentralizada del orden Distrital, dotada de
Personería Jurídica, Patrimonio propio y Autonomía
Administrativa.
Que de conformidad a lo preceptuado por el Numeral 6
del Artículo 195 de la Ley 100 de 1993 las Empresas
Sociales del Estado en materia contractual se regirán
por las normas del derecho privado,
Que en ejercicio de las funciones asignadas a la Junta
Directiva, consignadas en el Estatuto del HOSPITAL
OCCIDENTE DE KENNEDY III NIVEL EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO y el Acuerdo No. 017 del 1.997
expedido por el Concejo Distrital de Santa Fe de Bogo-
tá, D.C, le corresponde a la Junta Directiva del HOS-
PITAL adoptar y aprobar las normas que regulen las
actuaciones propias de la contratación de obras, bie-
nes y servicios que requiera la Empresa para desarro-
llar y cumplir su objeto y las funciones asignadas.
Que la Empresa debe definir y adoptar normas, proce-
dimientos y trámites que garanticen racionalidad en el
uso de los recursos, eficiencia en la atención de sus
responsabilidades y transparencia de sus actuaciones.
Que debido a las cambiantes e imprevistas necesidades
del servicio que para su atención requieren de una ágil
contratación de profesionales idóneos para atenderlas.
Que el Hospital ha recopilado información que permite
la conformación de bases de datos que permiten agi-
lizar los tramites contractuales, por lo que se hace
necesario implementar disposiciones que permitan
aprovecharlas.
Que en virtud de lo anterior,
ACUERDA
ARTICULO PRIMERO.- Suprimir el literal d. del artícu-
lo 43 del Acuerdo 24 del 5 de noviembre de 2003.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Adicionar un parágrafo al artí-
culo 43 del Acuerdo 24 del 5 de noviembre de 2003 así:
"PARÁGRAFO.- De todo proceso de selección, el Hos-
pital conservará las propuestas y hará con ellas una
base de datos, de la que seleccionará las ofertas más
convenientes y si el ordenador del gasto lo considera
conveniente, acudirá a estas para la celebración de
los contratos ".
ARTICULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a
partir de su publicación.
Dado en Bogotá, el 31 de Mayo de 2004
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,
JORGE CASTAÑEDA MONROY
Presidente
DECRETO LOCAL DE 2004
ALCALDIA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
Decreto Local Número 11
(Mayo 31 de 2004)
Por medio del cual se efectúan unas modificacio-

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