ACUERDO 532 RD 5260 - 16 de Diciembre de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 489194546

ACUERDO 532 RD 5260

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5260 16 DICIEMBRE 2013
EmisorConcejo de Bogota D.c.
1009
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5260 • pP. 1-1009 • 2013 • DICIEMBRE 16
PARÁGRAFO: La Administración Distrital dispondrá
la adopción de una política pública sobre “Tenencia
Responsable de Animales Domésticos” que contenga
toda la normatividad al respecto, la cual será difundida
a toda la ciudadanía por los canales con que se cuen-
ta para tal n, y serán difundidos por el personal del
programa “Esterilización a su Barrio” en cada una de
las jornadas que realice.
ARTÍCULO 5. El presente Acuerdo rige a partir de su
publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA CLARA NAME RAMÍREZ
Presidenta
MAURICIO ACOSTA GONZÁLEZ
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
Noviembre 25 de 2013
Acuerdo Número 532
(Diciembre 13 de 2013)
“Por medio del cual se establecen los lineamien-
tos para la formulación de la Política Pública de
protección y bienestar animal para el Distrito
Capital y se dictan otras disposiciones”.
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.,
En uso de sus atribuciones constitucionales y
especialmente de las que le conere el artículo
313 y el artículo 12 numeral 7 del Decreto Ley
1421 de 1993,
CONSIDERANDO:
Que la Declaración Universal de los Derechos de los
Animales, aprobada por la UNESCO en 1978 y procla-
mada ocialmente en Suiza el 21 de octubre de 1989,
establece en su Artículo 1°: “Todos los animales nacen
iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a
la existencia.”,
Que desde 2008 diferentes instancias gubernamenta-
les nacionales han apoyado la creación de la Declara-
ción Universal para el Bienestar Animal –DUBA– cuyo
principal objetivo es: “establecer el bienestar de los
animales como un asunto de importancia internacional
y proporcionar un punto de referencia para los gobier-
nos en la formulación de políticas y legislaciones para
este n (…)”, el cual se concreta en las cinco libertades
de bienestar animal: libertad de hambre y sed, libertad
de malestar físico y dolor, libertad de heridas y enfer-
medades, libertad de miedo y angustia, libertad de
manifestar su comportamiento natural,
deber del Estado defender el derecho a la vida como
supremacía proteccionista, garantizar la vigencia de
un orden justo y armónico y promover la participación
de la comunidad en la protección de las riquezas na-
turales, entre las cuales se encuentran la diversidad e
integridad del ambiente, de la cual hace parte la fauna,
Que la Corte Constitucional ha emitido diversas senten-
cias favorables en cuanto a la protección y el bienestar
de los animales se reere, especialmente la C–666
del 30 de agosto del 2010, en la cual maniesta: “Se
debe establecer un sistema jurídico de protección que
garantice la integridad de los animales en cuanto seres
sintientes que hacen parte del contexto natural en el
que hombres y mujeres desarrollan su vida”,
Que la Sentencia C-889 de 2012 de la misma Corpo-
ración ratica dichas disposiciones y el mandato de
proteger a los animales que se desprende del deber
constitucional de proteger el medio ambiente, así
como la autonomía de las autoridades territoriales en
ejercicio del principio de rigor subsidiario,
Que el Consejo de Estado emitió la Sentencia 22.592
(N° Radicación interna) del 23 de mayo de 2012,
donde conceptúa: “existen normas internacionales
que protegen a los animales, en las cuales se indica
que tienen derechos igual a las personas, hecho por el
cual los órganos estatales deben velar por su cuidado
y protección”,
Que la Ley 84 de 1989, por medio de la cual se adopta
el Estatuto Nacional de Protección Animal, ordena
en su Artículo 1º: “A partir de la promulgación de la
presente Ley los animales tendrán en todo el territo-
rio nacional especial protección contra el sufrimiento
y el dolor causados directa o indirectamente por el
hombre”,
Que a través del Acuerdo 489 de 2012, por el cual se
adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Am-
biental y de Obras Públicas para Bogotá 2012-2016
Bogotá Humana, se formuló el proyecto “Bogotá Hu-
mana con la Fauna”, como parte del programa “Bogotá
Humana Ambientalmente Saludable” (Art. 31), donde
se establece: “Se implementará la política pública de
protección de la fauna doméstica para mejorar la si-

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