ACUERDO NUMERO 010 DE 2008 , (agosto 13) , por medio del cual se reglamenta el literal d), del artículo 42 del Acuerdo número 049 de 2004 . - 13 de Agosto de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50070702

ACUERDO NUMERO 010 DE 2008 , (agosto 13) , por medio del cual se reglamenta el literal d), del artículo 42 del Acuerdo número 049 de 2004 .

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Surcolombiana
Número de Boletín47199

El Consejo Académico de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 30 de 1992 y en el artículo 35 del Estatuto General, el Consejo Académico es la máxima autoridad académica de la Institución: Que de conformidad con las disposiciones contenidas en el numeral 8, del artículo 38 del Estatuto General, es función del Consejo Académico, aprobar las políticas académicas, en lo referente a personal docente y estudiantil: Que mediante Acuerdo número 049 de 2004, el Consejo Superior Universitario expidió el Manual de Convivencia Estudiantil y en su artículo 42, se reglamentaron los estímulos recono cidos por la Institución a los estudiantes de pregrado: Que el literal d), del artículo 42, señala que se otorgará, mediante concurso, una (1) beca por facultad para estudios de posgrado, como uno de los estímulos a los egresados de pregrado, siempre y cuando los aspirantes cumplan con los requisitos allí descritos, según la reglamentación que expida el Consejo Académico: Que es decisión autónoma de la Universidad Surcolombiana, reglamentar el concurso es tablecido en el artículo 42 del Acuerdo número 049 de 2004;

teniendo en cuenta que no existe normatividad que permita efectuar el otorgamiento de las becas para estudio de posgrado: Que en sesión de la fecha, el Honorable Colegiado al analizar la propuesta presentada, consideró viable implementar la siguiente reglamentación: En mérito de lo anterior, ACUERDA:

Artículo 1 o

Reglamentar el literal d), del artículo 42 del Acuerdo número 049 de 2004, en el sentido de otorgar anualmente una (1) beca por Facultad a los egresados graduados de pre-grado de la Universidad Surcolombiana que cumplan con los requisitos establecidos en dicha normatividad.

Artículo 2 o

La beca de que trata el artículo anterior se otorgará mediante concurso que tendrá las siguientes etapas. 1.

Inscripción de los aspirantes ante la Secretaría General. 2.

Remisión de los inscritos a los Consejos de Facultad respectivos. 3.

Verificación del cumplimiento de requisitos establecidos en el literal d), del artículo 42 del Acuerdo número 049 de 2004, por parte de los Consejos de Facultad. 4.

Ponderación del puntaje obtenido en las pruebas Ecaes y el rendimiento académico del aspirante, correspondiente a un 50% cada uno.

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