Acuerdo número 151 de 2008, septiembre 8, por el cualse modifica el artículo 4° del Acuerdo 133 de febrero de 2008 - 21 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43950093

Acuerdo número 151 de 2008, septiembre 8, por el cualse modifica el artículo 4° del Acuerdo 133 de febrero de 2008

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín47149

El Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 7o, 8o, 9o, y 10 del Decreto 2164 de 1991, y CONSIDERANDO: Que el artículo 6° del Decreto 1661 de 1991 establece el procedimiento para la asignación de prima técnica, indicando que la solicitud debe radicarse ante el jefe de personal de la entidad o quien haga sus veces con los documentos que acrediten los requisitos.

El jefe de personal verificará el cumplimiento de los requisitos por parte del solicitante y si los reuniere el jefe del organismo proferirá la resolución de asignación;

Que conforme al artículo 4° del Acuerdo número 133 del 19 de febrero de 2008 del Consejo Directivo del Incoder se delegó en el Gerente de la Entidad la competencia para expedir el acto administrativo de reconocimiento de la prima técnica sin regular la competencia cuando se trate del reconocimiento de la del propio Gerente;

Que se considera conveniente que el reconocimiento de la prima técnica en el caso del Gerente se realice por funcionario diferente para que no se produzca el acto administrativo en beneficio propio;

Que en consecuencia y con apoyo en lo anterior, se justifica la modificación al artículo 4° del Acuerdo número 133 del 19 febrero de 2008 del Consejo Directivo del Incoder;

Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA:

Artículo 1°

Modificar el artículo 4° del Acuerdo número 133 del 19 de febrero de 2008 del Consejo Directivo del Incoder el cual quedará de la siguiente manera: "Artículo 4°.

Competencia para la asignación de...

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