Acuerdo número 00372 de 2007 por el cual se efectúa una adición en el presupuesto de ingresos y gastos de las Subcuentas de Compensación y Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga para la vigencia fiscal de 2007. - 21 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51682666

Acuerdo número 00372 de 2007 por el cual se efectúa una adición en el presupuesto de ingresos y gastos de las Subcuentas de Compensación y Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga para la vigencia fiscal de 2007.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín46849

El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del articulo 172 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 2 del articulo 6° del Decreto 1283 de 1996, y CONSIDERANDO:

Que el Estatuto Organico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, establece en el Articulo 123, que los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantia en desarrollo del mecanismo de compensacion y promocion de que trata el articulo 220 de la Ley 100 de 1993, no se constituiran en sujeto de obligacion de incluirse en el Presupuesto General de la Nacion;

Que el numeral 2 del articulo 6º del Decreto 1283 de 1996 establece como funcion del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en su calidad de Consejo Administrador los recursos del Fosyga la de aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos y sus modificaciones presentado a su consideracion por la Direccion General de Gestion Financiera del Ministerio de Salud, hoy Direccion General de Financiamiento del Ministerio de la Proteccion Social;

Que de acuerdo con lo establecido en el articulo 6º del Decreto 1283 de 1996, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud actua como Consejo Administrador del Fosyga y tiene la funcion de determinar los criterios de utilizacion y distribucion de los recursos del mismo;

Que el articulo 46 del Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantia del Sistema General de Seguridad Social en Salud señala que los recursos del Fosyga que no hagan parte del Presupuesto General de Nacion se ejecutaran conforme al presupuesto aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud;

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CNSSS, mediante Acuerdo 353 aprobo el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantia, Fosyga, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2007.

Que el comportamiento del Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensacion del Fosyga para el periodo enero - septiembre de 2007 refleja una ejecucion del 108% con relacion al monto aforado para la vigencia en el concepto de ingresos "Recaudo Proceso de Compensacion UPC- con situacion de Fondos" y del 92% en el monto apropiado por concepto de gasto "Deficit Proceso Compensacion". El margen promedio de ejecucion mensual del rubro es del 8.33% en consecuencia el saldo de apropiacion es insuficiente para lo que resta de la vigencia fiscal 2007;

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