Resolución número 1455 de 2014, por la cual se adiciona el Acuerdo CNTV 005 de 2006
Emisor | Varios - Autoridad Nacional de Televisión |
Número de Boletín | 49091 |
El Director de la Autoridad Nacional de Televisión, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 1º y 2º de la Ley 1507 de 2012, en concordancia con el artículo 2º de la Ley 182 de 1995 y los artículos 11 y 23 de Resolución ANTV 1175 de 2013 (Estatutos Internos de la ANTV), y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Carta Política de 1991 en su artículo 67, el Estado colombiano reconoce a la educación como un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, con la que se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.
Que en consonancia con lo anterior, el artículo 2º de la Ley 182 de 1995 señala dentro de los fines y principios del servicio público de televisión, los relativos a formar, educar, informar veraz y objetivamente y recrear de manera sana. En los términos de la norma en cita, tales fines se orientan al cumplimiento y satisfacción de las finalidades sociales del Estado, la promoción del respeto de las garantías, deberes y derechos fundamentales y demás libertades, el fortalecimiento y consolidación de la democracia y la paz, y la difusión de los valores humanos y las expresiones culturales de carácter nacional, regional y local.
Que en el marco finalístico anterior, la extinta Comisión Nacional de Televisión (CNTV) expidió el Acuerdo 005 de 2006 "por medio del cual se crea el Canal Universitario Nacional y se establecen procedimientos para apoyar la Política Nacional de Apropiación Social y de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en el Servicio Público de Televisión".
Que la anterior iniciativa tuvo origen entre otros aspectos, en la disposición contenida en la Ley 2921 de 1990 (Ley de Ciencia y Tecnología), relativa al deber de asignar espacios permanentes en los medios de comunicación de masas de propiedad del Estado para la Divulgación Científica y Tecnológica, y a instancias de Colciencias, el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología adoptó en su momento mediante Acuerdo 07 de 2006, la Política Nacional de Apropiación Social de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, cuyo objetivo se centró en potenciar los procesos de comunicación social y de entretenimiento con contenidos y dispositivos que contribuyan a la formación de una cultura científica y tecnológica en la población colombiana.
Que así, el artículo 1º del Acuerdo 005 de 2006 dispuso:
"&$Artículo 1º. Crear el Canal Universitario Nacional, que utilizará el sistema de transmisión satelital, como un proyecto de televisión de interés público, educativo, científico, social y cultural para la formación ciudadana, encaminado a la construcción de nación, mediante la apertura de un espacio público audiovisual, que le permita al sistema universitario público y privado y al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología acceder al servicio público de televisión".
Que conforme lo establecido en el artículo 3º del Acuerdo 005 de 2006, el Canal Universitario Nacional tiene como objetivo la realización y transmisión de programas de Televisión de interés público, de carácter educativo, científico, social y cultural; el desarrollo de procesos de formación de los ciudadanos; la promoción de las labores docentes y académicas, y los procesos de apropiación social de los hallazgos, resultados y aplicaciones de la Ciencia y la Tecnología; el desarrollo de la docencia, la investigación y la extensión social que realizan las instituciones de educación superior públicas y privadas del país, y la divulgación de las manifestaciones culturales de la nación.
Que el artículo 14 del Acuerdo 005 de 2006 establece: "Patrocinios. En el Canal...
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