Resolución número 212 de 2009, por la cual se adiciona la Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007 de la Unidad de Información y Análisis Financiero. - 21 de Septiembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 67239574

Resolución número 212 de 2009, por la cual se adiciona la Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007 de la Unidad de Información y Análisis Financiero.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín47479
4
DIARIO OFICIAL
Edición 47.479
Lunes 21 de septiembre de 2009
Los Directores y Jefes de los organismos de inteligencia y contrainteligencia adelantarán
los trámites legales necesarios para garantizar las medidas de protección correspondientes.
Artículo 16. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre 2009.
èNXCTQ"WTKDG"X¡NG¥
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar.
El Ministro de Defensa Nacional,
Gabriel Silva Luján.
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,
Felipe Muñoz Gómez.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 004530 DE 2009
(septiembre 17)
por la cual se declara desierto el concurso de méritos por el sistema de concurso
cdkgtvq."eqp"Rtqrwguvc"Vfiepkec"UkornkÝecfc"*RVU+"p¿ogtq"FVV"/"2;"Î"422;0
Gn"Ugetgvctkq"Igpgtcn"fgn"Okpkuvgtkq"fg"Vtcpurqtvg."gp"glgtekekq"fg"ncu"hcewnvcfgu"eqpuvk-
tucionales y legales, en especial de las atribuidas por los numerales 1 y 3 del artículo 11, el
numeral 1 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, artículo 5° del Decreto 2474 de 2008 y las
otorgadas por el artículo 1° de la Resolución número 007500 del 2 de septiembre de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 004018 del 28 de agosto de 2009, se dio apertura al
Eqpewtuq"fg"Ofitkvqu"rqt"gn"Ukuvgoc"fg"Eqpewtuq"Cdkgtvq"eqp"Rtqrwguvc"Vfiepkec"UkornkÝ-
ecfc"*RVU+"p¿ogtq"FVV/2;/422;"{"ug"fgukip„"gn"Eqokvfi"Cuguqt."ew{q"qdlgvq"eqpukuvc"gp"
contratar una consultoría para realizar la “Investigación para estructurar un Manual Guía
para realizar los Diseños de Señalización Vial en Colombia”.
Swg"fgn"35"cn"42" fg"ciquvq"fg"422;."ug" rwdnke„"gp"gn"Rqtvcn"Wpkeq" fg"Eqpvtcvcek„p"gn"
aviso de convocatoria, los estudios y documentos previos y el proyecto de pliego de condi-
ekqpgu"fgn"Eqpewtuq"fg"Ofitkvqu"rqt"gn"Ukuvgoc"fg"Eqpewtuq"Cdkgtvq"eqp"Rtqrwguvc"Vfiepkec"
UkornkÝecfc"*RVU+"p¿ogtq"FVV"/"2;"/"422;0
Swg"ug"rtqegfk„"c"rwdnkect"gp"hqtoc"fgÝpkvkxc"gn"rnkgiq"fg"eqpfkekqpgu"fgn"Eqpewtuq"
fg"Ofitkvqu"rqt"gn"Ukuvgoc"fg"Eqpewtuq"Cdkgtvq"eqp"Rtqrwguvc"Vfiepkec"UkornkÝecfc"*RVU+"
p¿ogtq"FVV"/"2;"/422;"fgufg"gn"5"jcuvc"gn"38"fg"ugrvkgodtg"fg"422;0
Que de conformidad con lo establecido en el cronograma del Concurso de Méritos
rqt"gn" Ukuvgoc"fg" Eqpewtuq"Cdkgtvq" eqp"Rtqrwguvc" Vfiepkec"UkornkÝecfc" *RVU+" p¿ogtq"
FVV"/"2;"/"422;."gn"fc"38"fg"ugrvkgodtg"fg"422;."ukgpfq"ncu"5<22"r0o0"ug"egtt„"gn"rtqeguq"
fgn"Eqpewtuq"fg"Ofitkvqu"p¿ogtq"FVV/2;/422;."ukp"swg"ug"rtgugpvctc"pkpiwpc"rtqrwguvc0
Que el Acta de Cierre del proceso de Concurso de Méritos por el Sistema de Concurso
Cdkgtvq"eqp"Rtqrwguvc"Vfiepkec"UkornkÝecfc"*RVU+"p¿ogtq"FVV"/"2;"/"422;"hwg"rwdnkecfc"
gp"gn"Rqtvcn"Wpkeq"fg"Eqpvtcvcek„p"gn"fc"39"fg"ugrvkgodtg"fg"422;0
Que como quiera que no se presentó ningún proponente, se hace necesario declarar
desierto el proceso de concurso de méritos por el sistema de concurso abierto con propuesta
vfiepkec"ukornkÝecfc0
En mérito de lo expuesto,
TGUWGNXG<
Artículo 1°. Declarar desierto el Concurso de Méritos por el Sistema de Concurso
Cdkgtvq"eqp"Rtqrwguvc"Vfiepkec"UkornkÝecfc"*RVU+"p¿ogtq"FVV"/"2;"/"422;."ew{q"qdlgvq"
es “Investigación para estructurar un Manual Guía para realizar los Diseños de Señaliza-
ción Vial en Colombia”, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva del
presente acto administrativo.
Ctvewnq"4̇0"Rwdnkect"gp"gn"Rqtvcn"Wpkeq"fg"Eqpvtcvcek„p"gn"rtgugpvg"cevq"cfokpkuvtcvkxq0
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 17 de septiembre de 2009.
El Secretario General,
Guillermo León Hoyos Higuita.
(C.F.)
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
Unidad Administrativa Especial de Información
y Análisis Financiero
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 212 DE 2009
(septiembre 16)
por la cual se adiciona la Resolución 285 del 19 de diciembre de 2007
de la Unidad de Información y Análisis Financiero.
Gn"Fktgevqt" Igpgtcn" fg" nc" Wpkfcf"fg" Kphqtocek„p" {"Cpƒnkuku"Hkpcpekgtq." gp" wuq" fg
sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 4° de la Ley 526 de
1999 y demás disposiciones concordantes, y
CONSIDERANDO:
Swg"gn"Fktgevqt"Igpgtcn"fg"nc"WKCH"rtqÝtk„"gn"fc"3;"fg"fkekgodtg"fg"4229"nc"Tguqnw-
ción 285 por medio de la cual “Se impone a los depósitos públicos y privados; sociedades
de intermediación aduanera; sociedades portuarias; usuarios de zona franca; empresas
transportadoras; agentes de carga internacional; usuarios aduaneros permanentes y usua-
rios altamente exportadores, la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de
Información y Análisis Financiero”.
Que el mencionado acto administrativo estableció la obligación de efectuar Reportes
fg"Qrgtcekqpgu"Uqurgejqucu"*TQU+"{"Tgrqtvgu"fg"Vtcpuceekqpgu"Kpfkxkfwcngu"gp"Ghgevkxq"
para los sujetos obligados.
Swg"ug"jceg" pgeguctkq"cfkekqpct" {"rqt"gpfg" guvkrwnct"gp" nc"Tguqnwek„p"WKCH" 4:7"fg"
2007 los reportes de ausencia de operaciones sospechosas y de ausencia de transacciones
individuales en efectivo. Esto en aras de propender por un mayor control a los sujetos
qdnkicfqu"gp"gn"ewornkokgpvq"fg"nqu"tgrqtvgu"c" guvc"Wpkfcf="tgcnk¦ct"eqp"oc{qt"rtgekuk„p"
el informe a la entidad supervisora de los sujetos obligados de conformidad con el artículo
:̇"fg"nc"Tguqnwek„p"4:7" fg"4229="kfgpvkÝect"c"nqu" uwlgvqu"qdnkicfqu"swg"tgswkgtgp"oc{qt"
capacitación relacionada con la prevención de los delitos de Lavado de Activos y Finan-
ekcek„p"fgn"Vgttqtkuoq0
Swg"ug"jceg"pgeguctkq"oqfkÝect"gn"Cpgzq"Vfiepkeq"p¿ogtq"3"fg"nc"Tguqnwek„p"4:7"fg"
4229."gn" ewcn"tgornc¦c" gn"uqhvyctg" TQU"UVCPF"CNQPG" {"gn" eqttgq"gngevt„pkeq" eqoq"
medio de reporte de operaciones sospechosas y transacciones en efectivo respectivamente
por el Sistema de Reporte en Línea (SiReL).
Que en mérito de lo expuesto,
TGUWGNXG<
Artículo 1°. Reporte de ausencia de operaciones sospechosas."Vtkoguvtcnogpvg"vqfqu"nqu"
sujetos obligados que no hayan determinado la existencia de las operaciones sospechosas
determinadas en el artículo 2° y descritas en el considerando 17 de la Resolución 285 de
4229."fgdgp"tgrqtvct"guvg"jgejq"c"nc"WKCH."fgpvtq"fg"nqu"fkg¦"*32+"rtkogtqu"fcu"ecngpfctkq"
del mes siguiente al trimestre calendario correspondiente. (De conformidad con el Sistema
de Reporte en Línea –SiReL–).
Artículo 2°. Reporte de Ausencia de transacciones individuales en efectivo. Vtkoguvtcn-
mente todos los sujetos obligados que no hayan determinado la existencia de las transacciones
individuales en efectivo determinadas en el artículo 3° y descritas en el considerando 18
fg"nc"Tguqnwek„p"4:7"fg"4229."fgdgp"tgrqtvct"guvg"jgejq"c"nc"WKCH."fgpvtq"fg"nqu"fkg¦"*32+"
primeros días calendario del mes siguiente al trimestre calendario correspondiente. (De
eqphqtokfcf"eqp"gn"cpgzq"vfiepkeq"p¿ogtq"3"oqfkÝecfq"rqt"guvc"tguqnwek„p+0
Ctvewnq"5̇0"Oqfkhswgug"gn"Cpgzq"Vfiepkeq"p¿ogtq"3"fg" nc"Tguqnwek„p"4:7" fg"4229."
gp"gn"ugpvkfq"fg"tgornc¦ct"gn"uqhvyctg"TQU"UVCPF"CNQPG"{"gn"eqttgq"gngevt„pkeq"eqoq"
ogfkqu"fg"tgrqtvg"c"nc"WKCH"fg"qrgtcekqpgu"uqurgejqucu"{"vtcpuceekqpgu"gp"ghgevkxq."rqt"gn"
Sistema de Reporte en Línea (SiReL), el cual es un sistema de información en ambiente web,
fgucttqnncfq"rqt"nc"WKCH"eqoq"ogecpkuoq"rtkpekrcn"rctc"tgekdkt"vqfqu"nqu"tgrqtvgu"gp"npgc0
Parágrafo 1°. A partir del 1° de enero de 2010 el envío de todos los reportes establecidos
en la Resolución 285 y en este acto administrativo, se deberá efectuar a través del Sistema
de Reporte en Línea (SiReL).
Parágrafo 2°. El nuevo anexo técnico número 1 y el instructivo de utilización del Sis-
vgoc"fg"Tgrqtvg"gp"Npgc"*UkTgN+."ug"gpewgpvtcp"rwdnkecfqu"gp"nc"rƒikpc"ygd"fg"nc"WKCH""
www.uiaf.gov.co
Artículo 4°. Vigencia. La presente resolución se publicará en el Fkctkq"QÝekcn de con-
formidad con el artículo 95 del Decreto 2150 de 1995, y rige a partir del día primero (1°) de
octubre de 2009. Es decir, dentro de los diez (10) primeros días calendario del mes enero de
4232."nqu"uwlgvqu"qdnkicfqu"fgdgtƒp"gpxkct"c"nc"WKCH"nqu"tgrqtvgu"fg"cwugpekc"fg"qrgtcekqpgu"
sospechosas y de ausencia de transacciones individuales en efectivo correspondientes a los
meses de octubre, noviembre y diciembre de 2009, de conformidad con lo estipulado en el
presente acto administrativo.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, a 16 de septiembre de 2009.
El Director General,
Mario Alejandro Aranguren Rincón.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 20903290 18-IX-2009. Valor $227.000.
ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS
Instituto Colombiano Agropecuario (ICA)
RESOLUCIONES
RESOLUCION NUMERO 003365 DE 2009
(septiemabre 9)
por medio de la cual se autoriza los puertos, aeropuertos y pasos fronterizos
para la importación y exportación de animales, vegetales y sus productos.
El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus
atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 25 del artículo 12 del Decreto
4765 de 2008 y el literal j) de artículo 6° del Decretos 1840 de 1994, y
CONSIDERANDO:
El Instituto Colombiano Agropecuario ICA es responsable de ejercer el control sani-
vctkq"uqdtg"ncu" korqtvcekqpgu"fg"cpkocngu."rtqfwevqu"{" uwdrtqfwevqu"c"Ýp" fg"rtgxgpkt"nc"
introducción de enfermedades que puedan afectar la sanidad animal y vegetal del país.
Cu"okuoq"gu"tgurqpucdng"fg"Ýlct"nqu"ukvkqu"rqt"nqu"ewcngu"ug"rgtokvg"nc"korqtvcek„p"{"
exportación de vegetales, animales o sus productos.

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