Decreto número 1191 de 2012, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia iscal de 2012 y se efectúa la correspondiente liquidación. - 5 de Junio de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 378668834

Decreto número 1191 de 2012, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia iscal de 2012 y se efectúa la correspondiente liquidación.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48452
2
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.452
Martes, 5 de junio de 2012
D I AR I O OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Por el Presidente Manuel Murillo Toro
Tarifa postal reducida No. 56
DIRECTOR: HERNÁN RAMÓN GONZÁLEZ PARDO
MINISTERIO DEL INTERIOR
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
HERNÁN RAMÓN GONZÁLEZ PARDO
Gerente General
Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia
Conmutador: PBX 4578000.
e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co
Bogotá, D. C., 24 de mayo de 2012
Doctor
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Presidente de la República
Ciudad
Señor Presidente:
Por instrucciones del doctor Juan Manuel Corzo Román, Presidente del Senado de
la República, acompañado de todos sus antecedentes y en doble ejemplar, atentamente
me permito enviar a Usted para su sanción ejecutiva el Proyecto de ley número 75 de
2010 Senado, 223 de 2011 Cámara, por medio de la cual se establece la licencia por
luto para los servidores públicos.
El mencionado proyecto de ley fue considerado y aprobado en Sesión de la Comisión
Séptima del Senado de la República el día 9 de noviembre de 2010 y en sesión Plenaria
del Senado el día 13 de abril de 2011 en comisión Séptima de la Cámara de Represen-
tantes el día 5 de octubre de 2011, y en sesión Plenaria de la Cámara de Representantes
el día 27 de marzo de 2012. Informe de Conciliación aprobado en Senado el 9 de mayo
de 2012 y en Cámara de Representantes el día 15 de mayo de 2012.
Cordialmente,
Emilio Otero Dajud,
Secretario General.
Anexo: Expediente.
LEY …
por medio de la cual se establece la licencia por luto para los servidores públicos.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Conceder a los Servidores Públicos en Caso de fallecimiento de su
cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo
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luto de cinco (05) días hábiles.
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personal correspondiente dentro de los 30 días siguientes a la ocurrencia del hecho,
para lo cual se adjuntarán:
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gistro Civil en donde se constate la relación vinculante entre el empleado y el difunto.
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o religioso.
4. En caso de compañera o compañero permanente, además, dos declaraciones
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tividad vigente.
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civil o religioso, si se trata de cónyuges, o dos declaraciones extrajuicio que prueben
la convivencia, si se trata de compañeros permanentes, y copia del registro civil en la
que conste la relación del cónyuge, compañero o compañera permanente con el difunto.
6. En caso de parentesco civil, además, copia del registro civil donde conste el
parentesco con el adoptado.
Artículo 2°. Vigencias. La presente ley rige a partir del momento de su publicación.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Juan Manuel Corzo Román.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Emilio Otero Dajud.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Simón Gaviria Muñoz.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.
MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
DECRETOS
DECRETO NÚMERO 1191 DE 2012
(junio 5)
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de 2012 y se efectúa la correspondiente liquidación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitu-
cionales, y en particular, las previstas en los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República, en virtud del artículo 349 de la Constitución
Política, expidió la Ley 1485 de 2011, por la cual se decreta el Presupuesto General
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4970 de 2011;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del
Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación,
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Que el Gobierno de la República de Colombia suscribió un acuerdo con el Ministro
Holandés de Cooperación para el Desarrollo a través del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Departamento
Nacional de Planeación de la República de Colombia, el 25 de junio de 2007, cuya
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– Programa número 16350 – BOG0099147;
Que en el marco de esta cooperación se dejaron de ejecutar recursos en cuantía de
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Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto Ge-
neral de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter
no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la
Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del
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Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para
dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo prevé que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá
el detalle del gasto;
Que el Coordinador de Presupuesto Cuentas y Contabilidad del Ministerio de
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2011 y el saldo por incorporar en el presupuesto de 2012 en la cuenta del Banco de la
República número 61016515, denominada -“DTN Donación Holandesa, Minambiente,
Minhacienda, DNP”;
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del 3 de mayo de 2012, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas,
emitió concepto favorable sobre la adición de la suma de $4.657.645.091 pesos M/
CTE., en el presupuesto de inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Soste-
nible - Gestión General;
DECRETA:
Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la
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de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta
y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal
($4.657.645.091), según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
CONCEPTO TOTAL
1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL 4.657.645.091
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN 4.657.645.091
Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase
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de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta
y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal
($4.657.645.091), según el siguiente detalle:
ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
SECCIÓN 3201
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
PROG. SUBP. CONCEPTO APORTE
NACIONAL
RECURSOS
PROPIOS TOTAL
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 4.657.645.091 4.657.645.091
310 DIVULGACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y
CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO
450.000.000 450.000,000

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