Acuerdo No. 045 de 2007. Por medio del cual se adicionan los artículos 261 y 277 del acuerdo 041 del 21 de diciembre de 2006. El honorable concejo distrital de Cartagena de Indias D. T. y C. - Suplemento - Impuesto de industria comercio y avisos ICA - Cartilla impuesto de industria y comercio ICA Cartagena de Indias 2011 - Libros y Revistas - VLEX 455371570

Acuerdo No. 045 de 2007. Por medio del cual se adicionan los artículos 261 y 277 del acuerdo 041 del 21 de diciembre de 2006. El honorable concejo distrital de Cartagena de Indias D. T. y C.

AutorHarold Ferney Parra Ortiz
Cargo del AutorAbogado, especializado en derecho tributario y financiero
Páginas189-189
Preguntas y Respuestas 189
ACUERDO NO. 045 DE 2007
(Noviembre 28)
“Por medio del cual se adicionan los artículos 261 y 277 del acuerdo 041 del 21 de
diciembre de 2006.” El honorable concejo distrital de Cartagena de Indias D. T. y C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales en especial de las conferidas en los
artículos 313-4 de la Constitución Política y 32-7º de la Ley 136 de 1994,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Adiciónase el artículo 261 del Acuerdo 041 del 21 de
diciembre de 2006 con el siguiente parágrafo:
Parágrafo Cuarto: No constituirán ingresos gravables con la sobretasa deportiva
aquellos que se reciban por concepto de la enajenación voluntaria de inmuebles, dentro
de los procesos de adquisición de predios que adelante el Distrito o sus entidades
descentralizadas para destinarlos a los nes contemplados en el artículo 58 de la Ley
388 de 1997.
ARTICULO SEGUNDO: Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 278 del Acuerdo
041 del 21 de diciembre de 2006:
Parágrafo: No constituirán ingresos gravables con la estampilla años dorados aquellos
que se reciban por concepto de la enajenación voluntaria de inmuebles, dentro de los
procesos de adquisición de predios que adelante el Distrito o sus entidades descentralizadas
para destinarlos a los nes contemplados en el artículo 58 de la Ley 388 de 1997.
ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y se aplica
incluso a las obras que se encuentren en ejecución, y a quienes hubieren enajenado de
manera voluntaria bienes inmuebles para la construcción del SITM de Cartagena.
Dado en Cartagena de Indias, a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre del año
dos mil siete (2007).
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO DISTRITAL DE CARTAGENA DE
INDIAS, D. T. Y C.; Cartagena de Indias, D. T. y C., a los veintiocho (28) días del mes
de Noviembre del año dos mil siete (2007), CERTIFICA: Que el Acuerdo que antecede
fue aprobado en comisión el día veintiuno (21) de Noviembre del 2007, y en Plenaria a
los veintiocho (28) días del mes de Noviembre del año dos mil siete (2007).

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