Resolución número 18 0147 de 2009, por la cual se adicionan las resoluciones 18 0687 de 2003 y 18 1088 de 2005 en relación con la entrada del programa de oxigenación de combustibles en Huila y Tolima. - 31 de Enero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51666026

Resolución número 18 0147 de 2009, por la cual se adicionan las resoluciones 18 0687 de 2003 y 18 1088 de 2005 en relación con la entrada del programa de oxigenación de combustibles en Huila y Tolima.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín47249

El Ministro de Minas y Energia, en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial las conferidas por la Ley 693 de 2001 y el Decreto 070 de 2001, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 1º de la Ley 693 de 2001 establece que las gasolinas que se utilicen en el pais en los centros urbanos de mas de 500.000 habitantes deberan tener componentes oxigenados tales como alcoholes carburantes, en la cantidad y calidad que establezca el Ministerio de Minas y Energia;

asi mismo, que en los centros urbanos de menos de 500.000 habitantes el Gobierno podra implementar el uso de estas sustancias;

Que conforme con lo previsto en el Paragrafo 2º del articulo 1º de la Ley 693 de 2001, mediante Resolucion 18 0687 de 2003, modificada por las resoluciones 18 1069 y 18 1761 de 2005, el Ministerio de Minas y Energia expidio la reglamentacion tecnica sobre produccion, acopio, distribucion y puntos de mezcla de los alcoholes carburantes y su uso en los combustibles nacionales e importados;

Que en los articulos 2º de la Resolucion 18 1069 de 2005, 1º de la Resolucion 18 1761 de 2005 y 1º de la Resolucion 18 0671 de 2007, modificatorios del articulo 5º de la Resolucion 18 0687 de 2003, se establecieron las condiciones a desarrollar en el programa de oxigenacion de combustibles en el pais;

Que dadas las proyecciones actuales de oferta de alcohol carburante en el pais, es preciso adicionar el articulo 5º de la Resolucion 18 0687 de 2003, en el sentido de fijar la fecha para la entrada en vigencia del programa de oxigenacion de combustibles para los departamentos de Huila y Tolima;

Que a traves de la Resolucion 18 1088 del 23 de agosto de 2005, modificada por las resoluciones 18 1384, 18 1760, 18 0222, 18 0933 y 18 1848, del 27 de octubre, 26 de diciembre de de 2005, 27 de febrero, 27 de julio y 26 de diciembre de 2006, respectivamente, se definio la estructura de precios de la gasolina motor corriente oxigenada que se esta utilizando en algunas zonas del pais desde el mes de noviembre del año 2005;

Que como consecuencia de la entrada del programa de oxigenacion de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR