Auto número 2601 de 2010, por el cual se admite una solicitud de Ocupación Temporal de Cauce - 3 de Julio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 211980359

Auto número 2601 de 2010, por el cual se admite una solicitud de Ocupación Temporal de Cauce

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín47759
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D I A R I O O F I C I A L
Edición 47.759
Sábado, 3 de julio de 2010
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Empresa Servigenerales S. A., hizo llegar el original del contrato de arrendamiento
celebrado entre la mencionada sociedad y Parques Nueva Montería S. A., ESP, en
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Que el solicitante presentó información de costos del proyecto por la suma o valor
de doscientos veinticinco millones setecientos cuarenta mil pesos ($225.740.000.00),
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según lo establecido en la Ley 633 de 2000 y la Resolución número 0.2001 de diciembre
de 2001 expedida por esta Corporación;
Que la solicitud cumple con las formalidades establecidas en el Decreto 1594 de
1984, por lo que deberá dársele el trámite correspondiente;
Que de acuerdo con lo establecido en la Ley 99 de 1993 en su artículo 31 numeral
9, la Corporación CVS tiene facultad para otorgar permiso y por ende para adelantar
el trámite correspondiente;
En mérito de lo expuesto,
DISPONE:
Artículo 1°. Admítase la presente solicitud de Permiso de Vertimiento, presentada
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2, para el relleno sanitario ubicado en el corregimiento Loma Grande, municipio de
Montería, departamento de Córdoba, por las razones expuestas en los considerandos
del presente acto administrativo.
Artículo 2°. Notifíquese el contenido del presente Auto a la Empresa solicitante
o a su apoderado debidamente constituido, de conformidad con los artículos 44 y 45
del C. C. A.
Artículo 3°. Remítase el expediente a la Subdirección de Gestión Ambiental para
que por su conducto se ordene:
a) Practicar visita ocular, si lo consideran pertinente, según las prescripciones del
Decreto 1541 de 1978;
b) Se hagan los requerimientos sobre la información técnica que se requiera, y
c) Rendir Concepto Técnico sobre resultados de la visita y evaluación de la infor-
mación suministrada por el peticionario.
Artículo 4°. La sociedad deberá cancelar a la CVS la suma equivalente al 0.6% del
valor total del proyecto por concepto de evaluación, lo cual equivale a la suma de un
millón trescientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta pesos ($1.354.440.00)
m/cte, dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria del presente Auto, para poder
continuar con el trámite requerido con fundamento en la Ley 633 de 2000 y la Resolu-
ción número 0.2001 de diciembre de 2001 expedida por esta Corporación, en la cuenta
corriente número 890-04426-6 del Banco de Occidente a nombre de la Corporación
Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, CVS.
Parágrafo. Una vez cancelado el costo antes señalado, se debe allegar el recibo de
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para anexarlo al expediente y continuar con el trámite respectivo.
Artículo 5°. La sociedad deberá realizar la publicación del presente Auto a través
de la Imprenta Nacional, para lo cual deberá cancelar los costos en el Banco Agrario y
posteriormente remitir a la Unidad Jurídica Ambiental copia de la constancia de pago
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Artículo 6°. El presente Auto rige a partir de la fecha de su expedición y contra el
mismo no procede recurso alguno.
Comuníquese, notifíquese, publíquese y cúmplase.
El Coordinador de la División Jurídica Ambiental,
Ángel Palomino Herrera.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0629232.
25-III-2010. Valor $30.400.
AUTO NÚMERO 2587 DE 2010
(mayo 3)
por el cual se inicia el trámite de una Solicitud de Licencia Ambiental.
El Coordinador de la División Jurídica Ambiental de la Corporación Autónoma
Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, CVS, en uso de sus facultades legales
y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
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dadanía número 14246707 de Melgar, solicitó Licencia Ambiental para el proyecto
denominado Explotación de Material de Construcción y demás concebibles, localizado
en el municipio de los Córdobas, jurisdicción del departamento de Córdoba;
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le requirió al señor Germán Bogoya Guarín, como solicitante de la licencia ambiental,
información complementaria para pode seguir con el proceso de licenciamiento;
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el señor Germán Bogoya Guarín cumplió con los requerimientos solicitados por la
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Que con la solicitud se ha acompañado el Estudio de Impacto Ambiental en docu-
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Indígenas y/o Negras;
Que toda esta documentación y la solicitud han sido presentadas de acuerdo con
las formalidades y requisitos establecidos en los artículos 23 y 24 del Decreto 1220 de
2005, razón por la cual deberá dársele el trámite correspondiente;
Que el citado proyecto tiene un costo de quince millones de pesos ($15.000.000.00),
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en la Ley 633 de 2000 y la Resolución número 00.2001 de diciembre 7 de 2001;
Que corresponde a esta Corporación avocar el conocimiento y trámite de solicitud
de Licencia Ambiental para las actividades de Materiales de construcción: Cuando la
explotación proyectada de mineral sea menor a 600.000 toneladas/año, de acuerdo
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Por lo anteriormente expuesto y en cumplimiento a lo ordenado en el artículo 17
del Decreto 1220 de 2005, reglamentario de la Ley 99 de 1993, en lo que a licencias
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Este Despacho,
DISPONE:
Artículo 1°. Iniciar el trámite de la solicitud de Licencia Ambiental presentado
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14246707 de Melgar, solicito Licencia Ambiental para el proyecto denominado Explo-
tación de Material de Construcción y demás concebibles, localizado en el municipio
de los Córdobas, jurisdicción del departamento de Córdoba.
Artículo 2°. El señor Germán Bogoya Guarín deberá realizar la publicación del
proyecto a través de la Imprenta Nacional de Colombia en el Banco Agrario y poste-
riormente remitir a la Unidad Jurídica Ambiental copia de la constancia de pago para

Artículo 3°. Remítase el expediente a la Subdirección de Gestión Ambiental de esta
Corporación, para que evalúe el Estudio de Impacto Ambiental presentado y elabore las
recomendaciones y requerimientos técnicos adicionales necesarios; practicar visita al
sitio si fuese necesario y posteriormente rendir el concepto técnico sobre la necesidad
de otorgar o no la Licencia Ambiental.
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dadanía número 14246707 de Melgar y/o quien haga sus veces, deberá cancelar por
concepto de evaluac ión al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto mencionado,
el 0.6% del valor del proyecto, el cual equivale a la suma de setenta y cinco mil pesos
($75.000.00) m/l, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria del presente
Acto Administrativo, para poder continuar con el trámite requerido con fundamento
en la Ley 633 de 2000 y la Resolución número 0.2001 expedida por esta Corporación,
en la cuenta corriente número 890-04426-6 del Banco de Occidente a nombre de la
Corporación Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, CVS.
Parágrafo. Una vez cancelado el costo antes señalado, se debe allegar el recibo
         
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