Resolución número 0864 de 2012, por la cual se adopta el formulario de inscripción para postulantes al Programa de Vivienda Gratuita - 29 de Noviembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 409123654

Resolución número 0864 de 2012, por la cual se adopta el formulario de inscripción para postulantes al Programa de Vivienda Gratuita

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín48629

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 3º del artículo del Decreto número 555 de 2003 y el artículo 11 del Decreto número 1921 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 555 de 2003, se ordenó la creación del Fondo Nacional de Vivienda, el cual tiene entre otras funciones la de asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional.

Que el Decreto número 1921 de 2012 reglamentó la metodología para la focalización, identificación y selección de los hogares potencialmente beneficiarios del subsidio familiar de vivienda 100% en especie (SFVE), así como los criterios para la asignación y su legalización, en el marco del Programa de Vivienda Gratuita, dirigido a los hogares de que trata el artículo 12 de la Ley 1537 de 2012.

Que con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto número 1921 de 2012, se hace necesario adoptar el Formulario de Inscripción para Postulantes al Programa de Vivienda Gratuita.

Que por lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Adoptar el formulario y la guía para el diligenciamiento que se adjuntan a la presente resolución y que se denomina: "Formulario de Inscripción para Postulantes -Programa de Vivienda Gratuita".
Artículo 2º La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de noviembre de 2012. El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda,

Jorge Alexánder Vargas Mesa.

GUIA PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA POSTULANTES AL PROGRAMA DE VIVIENDA GRATUITA

NOTAS IMPORTANTES:

Recuerde que el Formulario es Gratuito y sólo se imprime en el momento de brindar la información ante la Caja de Compensación Familiar u operador autorizado, teniendo en cuenta que se genera desde el aplicativo en línea.

Antes de dar inicio a su diligenciamiento, lea cuidadosamente esta guía.

REQUISITOS

Las viviendas resultantes de los proyectos que se financien con los recursos destinados a otorgar subsidios familiares de vivienda en especie por parte del Gobierno Nacional a través de Fonvivienda, se asignarán a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de focalización y priorización establecidos.

La asignación de las viviendas beneficiará en forma preferente a la población que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones: a) que esté vinculada a programas sociales del Estado, que tengan por objeto la superación de la pobreza extrema, o que se encuentre dentro del rango de pobreza extrema; b) que esté en situación de desplazamiento; c) Que haya sido afectada por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o d) Que se encuentre habitando en zonas de alto riesgo no mitigable.

Podrán ser beneficiarios del subsidio familiar 100% de vivienda en especie los hogares conformados por una o más personas que integren el mismo grupo familiar, unidas o no por vínculos de parentesco, incluidos los cónyuges y las uniones maritales de hecho, incluyendo las parejas del mismo sexo, que compartan un mismo espacio habitacional. Los hogares podrán estar conformados por menores de edad cuando sus padres hayan fallecido, estén desaparecidos o estén privados de la libertad, o hayan sido privados de la patria potestad. En este último caso, la postulación se realizará a través del tutor y/o curador en acompañamiento del defensor de familia.

Se consideran potenciales beneficiarios del subsidio familiar de vivienda en especie, los hogares registrados en alguna de las siguientes bases de datos:

  1. Registro Único de Población Desplazada - RUPD o la que haga sus veces.

  2. Red para la Superación de la Pobreza Extrema UNIDOS o la que haga sus veces.

  3. Sistema de Identificación para potenciales beneficiarios de los programas sociales - Sisbén III o el que haga sus veces.

    En el caso de hogares damnificados por desastre natural, calamidad pública o emergencia, y aquellos hogares localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, deberán estar registrados en los Censos oficiales que entreguen los alcaldes municipales o distritales al DPS para su inclusión en los listados de hogares potenciales a ser beneficiarios.

    El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social...

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